La consejera de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía, Elena Cortés, ha mostrado este viernes su "alegría" por las familias con menores y en riesgo de exclusión de la Corrala Utopía que fueron realojadas después de que la sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya archivado la denuncia presentada por el sindicato Manos Limpias contra esta decisión, con lo que ha manifestado que el realojo fue "justo y legal".

En declaraciones a los periodistas tras visitar las obras de la variante de Albox en Almería, Cortés ha expresado su satisfacción "por todas las familias que están sin casa, por todas las familias desahuciadas y por todas las familias que buscan en la política respuestas y soluciones al derecho humano a la vivienda".

Según el auto del TSJA, consultado por Europa Press, los realojos provisionales fueron "inducidos por el mandado judicial de proveer lo necesario para el realojo de familias con menores o en riesgo de exclusión social" y que "no es sino el reflejo de una decisión política que se implementa a través de resoluciones administrativas que no pueden reputarse de prevaricadoras".

En esta línea, la titular andaluza de Vivienda ha resaltado que la acción emprendida por su departamento se realizó "con las leyes de la Comunidad Autónoma", un aspecto que el auto del Alto Tribunal andaluz "ha venido a constatar". "Me alegro por esas familias que tienen derecho a la vivienda y que buscan en la política respuestas y soluciones", ha remarcado la consejera.

El magistrado apunta en su fallo que estas resoluciones "no están inspiradas por una finalidad arbitraria o injusta, sino por la necesidad de atender a una situación urgente, por mandato judicial; se dictan tras una actividad coordinada con otras administraciones e instituciones (Ayuntamiento de Sevilla y Defensor del Pueblo Andaluz) de la que no resultó una propuesta viable concreta cuando el desalojo físico de las viviendas indebidamente ocupadas ya se había producido; y no carecen de cobertura jurídica, por encontrar amparo en algunas de las interpretaciones del decreto que regula el reglamento de viviendas protegidas".

En su auto, contra la que cabe recurso de súplica, el juez indica que el sindicato denunciante aludía a una resolución de la consejera de Fomento y Vivienda del 9 de abril, resolución que "no existe", de forma que considera que "probablemente el sindicato denunciante ha cometido el error de atribuir a la consejera la resolución del 9 de abril dictada por el director general de Vivienda, Antonio Ibáñez".

Por tanto, el TSJA considera que la denuncia "ha de ser archivada no solo por no poder atribuirse a persona aforada ante esta sala sino por no existir ningún hecho que remotamente pudiera tener alguna significación penal".