La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, ha archivado dos piezas separadas del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares por las ayudas concedidas al Obispado de Cádiz y a la empresa Azucareras Reunidas de Jaén, pues considera que «ninguna responsabilidad penal puede tener el ciudadano» que solicita una subvención o ayuda y que, «bajo el principio de confianza en nuestras instituciones, asume la situación de sujeto en una relación jurídico-administrativa, ante una irregular actuación de la administración en el procedimiento de concesión».

De este modo, y en un primer auto, la magistrada acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de la pieza separada abierta por la ayuda sociolaboral de 300.000 euros que la Junta concedió en 2009 al Centro Geriátrico del Obispado de Cádiz, pieza en la que estaba siendo investigado el obispo emérito de esta ciudad, Antonio Ceballos, ya que «no existe el más mínimo indicio de responsabilidad penal que justifique mantener la investigación abierta» sobre este último «ni sobre cualquier otra persona del Obispado o Consejo Económico».

A su juicio, «los ciudadanos se limitan a seguir el procedimiento que fijan las administraciones», señalando que «no cabe duda de que la ayuda se solicita porque se considera justa y adecuada, con una finalidad lícita, sostener 50 puestos de trabajo, dar recursos económicos a 50 familias durante el ERTE y hasta que se reanude la actividad del geriátrico».