El expresidente de la Junta y exconsejero de Economía y Hacienda José Antonio Griñán ha asegurado este miércoles que no se le ha dado traslado "jamás" de un informe de la Intervención General que pidiera su actuación "directa" como consejero ante posibles irregularidades en la gestión de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis investigadas que concedía la Consejería de Empleo con cargo a la partida 31L y que pagaba el Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) y posteriormente la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA).

A este respecto, durante la trigésimo séptima sesión del juicio contra 22 ex altos cargos del Gobierno andaluz por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas sociolaborales y directas a empresas de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, Griñán ha explicado que en los acuerdos anuales de Control Financiero Permanente, aprobados por el Consejo de Gobierno, se incluía una cláusula por la que si los gestores de los entes públicos -IFA/IDEA-- sometidos a control no seguían las recomendaciones del interventor, éste podía emitir un informe de actuación, así como si detectaban --los interventores-- menoscabo o riesgo de menoscabo de fondos públicos.

"No se me ha dado trasladado jamás de informes de la Intervención General que pidiera mi actuación directa como consejero", ha asegurado Griñán, que estuvo al frente de la Consejería de Economía y Hacienda desde abril de 2004 hasta abril de 2009. En este sentido, ha precisado la actuación de un consejero a petición del interventor debe seguir un procedimiento reglado por el Consejo de Gobierno.

A preguntas del fiscal anticorrupción Manuel Fernández sobre el informe adicional de Control Financiero Permanente del interventor general en 2005 sobre las cuentas del IFA del ejercicio de 2003, en el que se alertaba del uso "inadecuado" del procedimiento usado para la concesión y pago de las ayudas, Griñán ha señalado que "no lo conoció porque no le fue remitido".

El informe, según explicó el ex interventor general de la Junta Manuel Gómez en su declaración, fue remitido a los consejeros de Innovación --Francisco Vallejo--, a la que pertenecía IDEA en 2005, al de Empleo--Antonio Fernández-- por ser el órgano concedente de las ayudas y al de Economía y Hacienda, el propio Griñán, a través de la viceconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo.

Griñán ha asegurado este miércoles en el juicio que tuvo conocimiento de su existencia cuando era público con el inicio de la causa judicial. Entonces, según ha narrado, "pregunté por ellos y --Carmen Martínez Aguayo-- me dijo exactamente que ninguno había sido remitido para actuación del consejero".

Entonces, según ha añadido, "si no se promueve la actuación del consejero o no se le remite informe de actuación correspondiente no puedo actuar", al tiempo que ha aclarado que "no toda debilidad detectada" --en la gestión de un ente instrumental-- provoca un informe de actuación, siendo el interventor quien mide la gravedad si la hay. De haber informe de actuación, será el Consejo de Gobierno quien "obliga" al órgano gestor a actuar y "si se detecta menoscabo, será inmediatamente".

Sobre las transferencias de financiación, modo en el que la Consejería de Empleo le hacía llegar a IFA/IDEA los fondos para pagar ayudas sociolaborales y a empresas, Griñán ha indicado que éstas son el modo de "allegar recursos de una administración a otra o a una empresa". Además, ha asegurado que éstas "no impedían la fiscalización previa".

Griñán, que durante su declaración ha admitido que "no tenía claro" que IFA/IDEA hacía el pago de las ayudas "o algo más", ha explicado que si un órgano determina conceder una ayuda, ésta se somete a los requisitos de fiscalización por parte del concedente, en esta causa hablamos de la Dirección General de Trabajo. Por ello, ha añadido que IFA/IDEA "no tenía más que pagar" algo --la ayuda-- que se había reconocido en Empleo.

El expresidente de la Junta, de otro lado, ha asegurado que cuando en 2011 comenzó la instrucción de esta causa "propuso" al Consejo de Gobierno que "todo el 31L, desde el año 2001 hasta 2010 se fiscalizara por la Cámara de Cuentas". "A propuesta del presidente de la Junta", ha insistido.

Tras esto, el fiscal ha interrogado a Griñán sobre diferentes cuestiones de la gestión de las ayudas como quién negociaba con las aseguradoras con las que se firmaban las pólizas que tenían que suscribir los beneficiarios o si se fiscalizaban las pólizas. El exconsejero ha asegurado que las pólizas las negociaban los trabajadores y las empresas.

Con el visionado de diferentes pólizas relacionadas con los ERE en las empresas de la Faja Pirítica o en Aglomerados Morell, el fiscal ha insistido a Griñán sobre estas cuestiones, ante lo que el expresidente ha reiterado que lo desconoce o no sabe. Esta insistencia ha causado que el presidente del tribunal, el magistrado Juan Antonio Calle, haya instado por primera vez en el juicio al representante del Ministerio Público a no repetir preguntas sobre extremos que el investigado ya ha dicho que desconoce.

Griñán ha comenzado su declaración explicando el origen de las órdenes ministeriales de 1994 de ayudas previas a la jubilación y de 1995 de ayudas extraordinarias a trabajadores, firmadas por el propio Griñán como ministro de Trabajo.

El expresidente ha recordado que éstas son consecuencias de una "larga historia", remontándose a la reconversión industrial en España, así como normas de 1982 o el Estatuto de los Trabajadores. Se aprueba, según ha narrado, en paralelo al Pacto de Toledo, a la tramitación de leyes sociolaborales importantes y a las puertas de que España asumiera la presidencia de la Unión Europea.

En este sentido, ha precisado que la Orden de 1994 eran ayudas previas a la jubilación para "situaciones de necesidad para cubrir el tránsito entre el despido y la jubilación" y la Orden de 1995 era "una refundición" de todas las ayudas que existían hasta el momento.

Griñán, que no recuerda si fueron objeto de desarrollo normativo complementario en Andalucía, ha insistido en que la Orden de 1995 pretendía "incluir" todas las ayudas, cinco tipos incluidas las de la Orden de 1994, y recogía el procedimiento de concesión.

En este punto, ha explicado que para ser beneficiario "tenía que haber un ERE" previamente y después solicitar las ayudas correspondientes. Sobre las ayudas recogidas en la Orden de 1995, Griñán ha afirmado que son "subvenciones excepcionales, sin concurrencia ni publicidad y por concesión directa". Al hilo de esto, ha aclarado que el decreto de 2013 del Gobierno, que derogaba la Orden de 1995, busca "acomodarla a la Ley de Subvenciones".

En otras cuestiones sobre las órdenes ha manifestado que "no pudo ocuparse" de su ejecución, así como que existía "un seguimiento" de los beneficiarios de las ayudas por si cambiaban su estado por encontrar trabajo, por ejemplo. Igualmente, ha explicado que mientras las ayudas bajo la Orden de 1994 se pagaban con los recursos del Estado que se repartían a las comunidades, las que dieron las comunidades al amparo de la Orden de 1995 tenían que ser contempladas en los presupuestos regionales.