La Fiscalía de Málaga pide ocho años de inhabilitación y una multa de 5.400 euros para el alcalde de Riogordo, Francisco José Alarcón Morales (PSOE), por la comisión de un presunto delito de prevaricación urbanística por omisión, según consta en el escrito de acusación al que tuvo acceso La Opinión de Málaga.

El acusador explica en el documento que el regidor «ha dejado construir y habitar una vivienda de 236 metros, con piscina, en el partido de Majiaza, en su término municipal, sobre una finca rústica de uso agrícola lindante con la carretera autonómica A-7204».

En este sentido, el 23 de enero de 2003, el ciudadano británico que compró la finca rústica, plantada de olivos, solicitó la concesión de una licencia de obras para hacerse una vivienda unifamiliar.

El 4 de febrero de ese año, el arquitecto informó negativamente sobre tal pretensión, por encontrarse la obra supuestamente en suelo no urbanizable y precisar, previamente, de un plan de actuación. El secretario interventor informó la denegación del permiso de obras.

Acometida de agua

El 31 de marzo, el propietario solicita una licencia para la acometida de agua. Diez días después, el alcalde le requiere para que aporte un proyecto de actuación, añade el acusador, pero nunca se le notificó este hecho al interesado.

En la comisión de gobierno celebrada el 9 de noviembre de 2003, domingo, el encausado «concedió la licencia de acometida de agua para la construcción de la vivienda cuando estaba ya casi terminada», añade el representante del ministerio público.

Poco después, siempre según la acusación, se contrató el suministro y se le dotó de uso residencial. «Se prescindió de la exigencia previa de permiso de obras», asevera el fiscal.

Inspecciones

La vivienda construida está cerca de la carretera, sujeta al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y es visible desde la carretera, pese a lo cual «el acusado no desplegó actividad inspectora alguna hasta marzo de 2009, después de que agentes del Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil detectaran la construcción.

«Ha prescindido de los procedimientos establecidos en la normativa urbanística para la concesión de licencias y, para suplirla con una apariencia documental que amparara la construcción de una casa, ha infringido» diversas normas tales como la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), subraya el acusador público.

Éstas han sido, por tanto, supuestas «dejaciones voluntarias con la finalidad de favorecer actuaciones urbanísticas al margen de la legalidad», lo que se califica como prevaricación urbanística.