El Juzgado de Instrucción número 6 de Málaga ha rechazado seguir investigando supuestas irregularidades en subvenciones concedidas al Ayuntamiento de la localidad malagueña de Colmenar para ejecutar obras, tal y como solicitó la Fiscalía en su recurso contra el auto del mismo juzgado decretando el archivo de la causa. Así, el juez considera que serían "cuestiones administrativas" y no penales.

Dicho órgano judicial decretó el pasado mes de febrero el archivo de esta causa en la que el alcalde de Colmenar, Pedro Fernández (PSOE), declaró como imputado junto al arquitecto municipal por presuntas irregularidades en el uso de subvenciones concedidas para ejecutar obras, tras la denuncia interpuesta por el anterior regidor, del PP, Antonio Jesús Fernández.

Contra dicha resolución, el ministerio fiscal presentó un recurso de reforma, al que se adhirió el denunciante y se opusieron las defensas del regidor y del arquitecto; en el cual se solicitaba seguir la investigación por si los hechos podrían constituir delitos de prevaricación, falsedad o malversación; y la práctica de determinadas diligencias de prueba.

Ahora, el juzgado desestima el recurso y no admite realizar las diligencias pedidas, al considerar que "vienen a ser reiterativas de algunas ya practicadas", estimándolas en general como "innecesarias" y recordando que existe en la causa documentación suficiente remitida por las distintas administraciones y aportadas por los propios imputados.

Asimismo, el instructor considera, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, que no existen indicios suficiente para determinar "ni siquiera indiciariamente la existencia de una actividad ilícita penalmente relevante" y señala que los hechos investigados constituyen en todo caso "cuestiones a resolver y plantearse en la vía administrativa, como se está haciendo".

Así, se indica que tampoco consta acreditado que los denunciados "hayan actuado puestos de acuerdo o no conforme a un plan de apoderamiento de caudales públicos preconcebido, habiendo participado con conciencia y voluntad del hecho presuntamente delictivo ni movidos por una supuesta intención o ánimo de engaño y lucro para beneficiarse con fondos públicos".

Pero, insiste en que una vez examinada la documentación aportada, además del escrito de denuncia y la documentación que adjuntaba y las diligencias practicadas "de todo ello se desprende la evidente falta de ilicitud penal en los hechos denunciados", indicando que los dos imputados expusieron "explicación suficiente y razonable" sobre los hechos, que fueron "corroboradas por alguna prueba practicada".

Al respecto, se señala que existen informes en los que se dice "con claridad" que determinadas subvenciones "o ya se han devuelto o se están devolviendo dentro del correspondiente expediente en vía administrativa", por lo que el juez estima que los hechos investigados "constituyen en su caso cuestiones administrativas (...) sin tener por ello que reputarse constitutivos de ilicitud penal".

En la denuncia se aludía a subvenciones no justificadas para determinadas obras previstas y no ejecutadas totalmente en algunos casos. Estas actuaciones eran la construcción de un centro de estancia diurna, de un tanatorio, de una pista polideportiva, la instalación del césped artificial en el campo de fútbol, sí realizada; y la puesta en valor y mejora del entorno de la ermita.