El presidente de la Diputación de Málaga, Elías Bendodo, ha insistido en que esperará a que haya una sentencia "firme e irrecurrible" contra el alcalde de Benamocarra, diputado provincial y responsable del Consorcio Provincial de Bomberos, Abdeslam Lucena, para adoptar "la decisión política que corresponda".

Bendodo ha respondido así este miércoles en rueda de prensa después de que este martes el portavoz del PSOE en la institución supramunicipal, Francisco Conejo, le reclamase que, "por higiene democrática" destituyera a Lucena tras ser condenado a seis meses de prisión y a un año de suspensión por los delitos de injurias, calumnias, desobediencia y malversación; y que cumpla "estrictamente" la Ley Orgánica del Régimen Electoral (Loreg).

"Nosotros ya hemos respondido a este tema, cuando haya una sentencia firme e irrecurrible, que no es el caso, se tomará la decisión política que corresponda", ha insistido Bendodo a los periodistas.

En esta línea, el presidente de la Diputación ha apostado por esperar, agregando que "no haya ninguna duda en este sentido, que tomaremos una decisión, pero cuando se agote la vía judicial".

Los socialistas presentarán en el próximo pleno provincial del 8 de mayo una moción para que el equipo de gobierno "active los mecanismos para que Lucena abandone ya sus cargos públicos".

Según Conejo, esta moción del PSOE se apoya en que la Loreg establece en su artículo 6.2 que son "inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delito de rebelión, de terrorismo, contra la Administración pública o contra las instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho del sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".

Así, a pesar de que Lucena ya anunció su intención de recurrir, según el portavoz del PSOE, la ley habla específicamente de que la sentencia no tiene por que ser firme, recordando que en 2011 se hizo una modificación de la Loreg en la que este apartado se incluía como "código ético, por consenso de los partidos".