La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado el incidente de nulidad presentado por los abogados del alcalde de Benamocarra y diputado provincial Abdeslam Lucena contra la sentencia que lo condenó por injurias, calumnias y desobediencia y lo absolvió de malversación, el delito más grave.

La Audiencia ratificó parcialmente el fallo del juzgado de lo Penal por la colocación de vallas frente al instituto del municipio axárquico en las que se atacaba a su director. La Sala confirmó la multa y los seis meses de inhabilitación de sufragio pasivo (presentarse a unas elecciones) pero le absolvió del año de suspensión para cargo público por malversación.

Lucena, primero andalucista y luego alcalde por el PP, anunció que dejaría los cargos de diputado de Servicios Intermunicipales y del Consorcio de Bomberos y pasó al grupo de no adscritos, e interpuso un incidente de nulidad contra el fallo de la Audiencia porque no se le permitió interponer un recurso de suplica y porque no pudo conocer la composición del tribunal, además de por no haberse celebrado una vista de apelación.

Lucena atacó duramente a la magistrado ponente de la sentencia, Aurora Santos, ex delegada de Justicia de la Junta, algo que le recriminó el PP incluso.

De cualquier forma, la Sala le recuerda que la composición de la Sección Primera es publica y que Santos ya ha resuelto recursos en relación a su caso y dice: "No alcanzamos a entender qué tipo de indefensión real se causó a la parte peticionaria de la nulidad ya que en derechos fundamentales ha de hablarse siempre de indefensión material y no formal"