La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestimó ayer el recurso promovido por el concejal de Izquierda Unida (IU), Félix Martín Carro, contra los acuerdos adoptados en comisión de gobierno del Ayuntamiento de Torremolinos los días 4 y 10 de abril de 2003, relativos al procedimiento de enajenación y adjudicación, respectivamente, de parcelas destinadas al Centro de Alto Rendimiento.

En su recurso, Martín Carro consideraba tales resoluciones contrarias al Derecho por entender «improcedente» el procedimiento negociado elegido, por supuesto incumplimiento de las reglas que han de regir en dicho procedimiento, y por considerar que se habían adjudicado los bienes en cuestión a una entidad que no había sido invitada a participar. Frente a estos argumentos, el TSJA señala que el Ayuntamiento «invitó a tres empresas a participar en el procedimiento, descartando, por otro lado, la desviación de la finalidad pública respecto a la fijada por el ordenamiento».

Según los magistrados del Alto Tribunal, el recurso de IU «debe ser íntegramente desestimado, ya que la misma suerte desestimatoria debe correr el último de los fundamentos de la demanda, basado en la supuesta adjudicación de los inmuebles a personas no invitadas, cuando, como efectivamente sucedió, dicha adjudicación recayó sobre una de las tres entidades pertenecientes al grupo de empresas al que se dirigió la invitación».