La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Fuengirola, Rocío Suárez Abad, dictó el pasado 30 de junio un auto en el que considera que hay indicios de delito por estafa y apropiación indebida continuadas así como de falsedad en documento mercantil contra los dos agentes de una oficina de seguros, que tenían un contrato a su vez con una casa nacional, por convencer a sus clientes de que hicieran «entregas de capital» para invertirlas en un producto financiero inexistente bajo la promesa de altas rentabilidades.

La querella fue interpuesta por el despacho Herrera y Ábalos, firma que cifra el número de afectados en más de tres decenas, aunque la suma total supuestamente estafada aún no se ha determinado. Tras una compleja instrucción, la juez ordena que se siga la causa por el trámite de procedimiento abreviado -similar al auto de procesamiento en el sumario, para delitos penados con más de nueve años de cárcel- contra J. A. C. D. y su mujer, I. F. G. Además, como dato novedoso se declara la condición de responsables civiles subsidiarios tanto para la oficina de Fuengirola como para la compañía nacional que les daba cobertura.

Tal y como consta en el auto, al que tuvo acceso La Opinión de Málaga, el principal imputado, en su calidad de empleado de la oficina, que tenía concertada con una compañía nacional la mediación de seguros en régimen de exclusividad, «logra convencer a determinadas personas para que efectúen entregas de capital a fin de invertirlas fraudulentamente en un producto financiero inexistente en el mercado». Había, dice la juez, «ánimo de lucro».

La inversión se hacía bajo la promesa «de obtener una rentabilidad notoriamente superior a la habitual en el mercado, con la posibilidad de cobrar los intereses en metálico o de sumarlos al principal en las fechas de vencimiento». «Cierto es que las cantidades no eran destinadas a dicho fin, siendo apropiadas por el querellado e incorporarlas a su patrimonio», añade la magistrado.

Para dar apariencia de autenticidad, el querellado, explica Rocío Suárez Abad, «utilizaba para identificar los contratos financieros fraudulentos la nomenclatura» que usaba a su vez la compañía estatal para denominar a productos reales y de condiciones diferentes en el mercado.

Asimismo, el querellado, precisa la juez en su auto del 30 de junio de 2014, «ha venido solicitando de forma irregular rescates de pólizas de seguros de clientes» de tal forma que remitió solicitudes falsas en las que se designaba como cuenta de abono la perteneciente a la sucursal.

Asimismo, hay indicios de criminalidad contra la socia y administradora de la oficina, amén de mujer del principal procesado, por «amparar y dar cobertura a la actividad ilícita» del marido. Ella, siempre según el auto, pudo haberse «enriquecido del dinero obtenido ilícitamente y participando activamente los hechos objeto de instrucción».

La juez también considera que ostentan la condición de responsables civiles subsidiarios tanto la asegurada fuengiroleña como la nacional con la que tenían el contrato de intermediación de seguros.