David contra Goliat. Así definía el ilicitano Rafael Vergara la batalla librada en los tribunales contra la multinacional Coca-Cola para conseguir que la firma de bebidas reconociese su autoría en la música empleada por la empresa para comercializar sus productos con motivo del Mundial de Fútbol de Sudáfrica 2010.

Tras meses de enfrentamientos, el compositor y productor, natural de Elx, ha conseguido el respaldo de los tribunales americanos que han emitido una resolución en la que obligan a la mercantil a reconocer «en todos los canales de distribución y publicidad» la participación del artista , ya que en el caso de no hacerlo tendrá que «cesar» en la campaña promocional, según recoge el documento legal al que ha tenido acceso este diario. El tema, que ha sido impulsado en los mercados de habla hispana como la versión en español del himno del Mundial de Fútbol, está interpretada por el artista español David Bisbal y el cantante somalí Khaan bajo el título de Wavin´ Flag. Coca-Cola. Celebration Mix.

El periplo judicial arrancó a principios de año cuando Coca-Cola solicitó a la productora Universal Music Group la creación de una versión en español del sencillo de un cantante extranjero, con el objetivo de promocionar la marca en los mercados españoles. Encargo para el que se solicitó la colaboración de Rafael Vergara para «escribir, producir y mezclar la canción».

Desavenencias

Según explican los representantes legales del cantante, «se generaron una serie de desavenencias con la productora respecto al pago al cantante de sus honorarios». Un conflicto que se mantenía latente mientras Coca-Cola difundía ya en múltiples soportes el tema «que comenzó a aumentar su popularidad». La comercialización del sencillo, sin incluir el nombre de Rafael Vergara como creador del mismo, obligó al músico a solicitar desde el pasado mes de marzo que la firma suspendiese la campaña, ya que era «ilegal» su difusión tanto en los mercados españoles como americanos.

El caso llegó a la corte de Florida donde ahora un juez ha obligado a la mercantil a reconocer los derechos del compositor, a quien dice «se le ha causado un daño irreparable». El fallo advierte a los responsables de la multinacional de su «obligación de incluir el nombre de Vergara en la publicidad, así como en las descargas de la melodía que puedan realizarse a través de la Red», ya que en el caso de no hacerse «se les prohibirá continuar con la campaña». De igual manera, se está evaluando el importe de las indemnizaciones que tendrá que percibir el artista.

Coca-Cola

Por su parte, según la documentación remitida al tribunal americano, Coca-Cola alegó que se trataba de un trabajo «por encargo en el que participó el cantante», argumento que los tribunales han rechazado al entender que Rafael Vergara «no es empleado ni de la mercantil ni de la productora y hasta la fecha la empresa no ha aportado ningún contrato que establezca que podía haberse actuado bajo esta fórmula».

La firma expuso de igual manera en el pleito el perjuicio económico que supondría la paralización de las campañas publicitarias «dada la importante difusión realizada», catalogada por la propia enseña como la más importante y con más recursos llevada a cabo en los últimos años.