Los trabajadores de sociedades anónimas municipales no tienen derecho a readmisión automática en caso de despido improcedente, según establece una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Málaga.

Así lo ha comunicado el concejal de Cultura, Damián Caneda, como ya lo hizo desde que el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga estableciera el 22 de septiembre la readmisión del que fuera coordinador general del Festival de Málaga. Cine Español, José Antonio Luque. De hecho, ha mantenido que el Ayuntamiento recurrirá ante "todas las instancias" para que no sea readmitido.

Caneda ha explicado en un comunicado que la sentencia del Juzgado de lo Social número 3, dictada el 27 de septiembre, da la razón al Ayuntamiento: "en el sector público, la condición de fijo corresponde a la de un funcionario o a la de personal laboral fijo, que han accedido a su puesto mediante una oposición que garantiza igualdad, mérito y capacidad, y la de indefinido se refiere a la de una persona contratada sin pasar el filtro de un proceso selectivo".

INDEMNIZACIÓN

Como ha defendido el Ayuntamiento, "no es aplicable el artículo 47 del convenio colectivo, es decir, el efecto de la readmisión automática del trabajador, puesto que este artículo únicamente es aplicable al trabajador que tenga la condición de fijo", según indica la sentencia, que en este caso determina la improcedencia del despido de Manuel Sánchez Martín, pero no obliga al Festival de Cine a readmitirle en su puesto, sino que le da la opción de indemnizarle con 5.676,76 euros.

En este sentido, el edil de Cultura ha informado de que el Festival de Cine procederá a abonar la indemnización "inmediatamente" y "zanjará" así la relación laboral con Sánchez.

Ha subrayado que la sentencia que ordena la readmisión de Luque "hace una interpretación errónea cuando dice que no cabe distinguir entre personal fijo e indefinido y pasa por alto que la readmisión recogida en el artículo 47 del convenio iguala los derechos de un trabajador contratado a los que tiene un funcionario municipal".

Según Caneda, el convenio del Festival de Cine de Málaga se ajusta a la legalidad, pero "no diferencia entre fijos e indefinidos cuando sí debería hacerlo". Por ello, ha afirmado que propondrá aclarar la redacción del artículo 47 para que esté totalmente ajustado a la legislación vigente, en línea con las conclusiones de la sentencia del Juzgado de lo Social número 3.