Del total de reclamaciones recibidas (9.554), prácticamente la mitad se refieren al transporte, el 32 por ciento al alojamiento y la hostelería y el 19 por ciento a las agencias de viaje.

En una nota, esta organización de consumidores advierte de que, pese a que este verano la contratación de viajes ha sido mucho menor que la del año pasado, el número de quejas recibidas en junio y julio ha crecido "notablemente" sobre el año pasado.

FUCI precisa que los usuarios han presentado 4.299 reclamaciones relacionadas con el transporte (2.133 sobre el avión, 1.420 sobre el autobús, 516 sobre trenes y 230 sobre barcos).

Las causas de las reclamaciones son retrasos, cancelación del viaje, pérdida o deterioro del equipaje, y sobreventa u overbooking, principalmente.

Sobre los alojamientos y la hostelería, FUCI ha recibido ya 3.057 quejas, la mayoría por disconformidad con el alojamiento y deficiencias en equipamientos y servicios, en el caso de los hoteles, y por incumplimiento de contrato y cobro indebido de importes, en el caso de los apartamentos.

Respecto a la hostelería, las 414 quejas denuncian deficiencias en la higiene de restaurantes y bares, insuficiente publicidad de los precios, negativas a facilitar hojas de reclamaciones o factura y cobro por servicios adicionales.

FUCI ha recibido también 1.815 reclamaciones contra las agencias de viajes, sobre todo por incumplimientos de contrato (658 quejas), no devolución de cantidades entregadas a cuenta (523), y anulación o modificación del viaje por parte de la agencia de viajes sin indemnización del perjuicio causado (432).

La presidenta de FUCI, Agustina Laguna, recuerda que "por el mero hecho de estar de vacaciones los consumidores no deben olvidar sus derechos, ni renunciar a la calidad de los servicios".

Por eso, FUCI ha elaborado una guía (disponible en www.fuciweb.org) que, entre otras cosas, explica a los usuarios que viajan en avión que tienen derecho a una indemnización por overbooking, así como comida, bebida y llamadas de teléfono en caso de retraso del vuelo.

Si se viaja en autobús, la empresa está obligada a indemnizar al cliente por pérdida o deterioro del equipaje y a trasladar al viajero hasta su destino en caso de que se interrumpa el trayecto (sin perjuicio del derecho del usuario a reclamar una indemnización).

En los viajes en tren, el usuario tiene derecho a una compensación en caso de retraso (del 25 al 100 por cien del precio del billete), y a llevar 15 kilos de equipaje sin coste adicional.

Para los viajes en barco, los pasajeros de cabina pueden llevar gratuitamente 40 kilos de peso y los de butaca, la mitad.