La comisión que las entidades bancarias propietarias de los cajeros cobran a otras entidades por el uso que hacen sus clientes se ha triplicado desde que en marzo de 2015 se implantara el nuevo modelo de comisiones, al pasar de los 0,65 euros a los entre 1,80 y 2 euros actuales, según el primer informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre comisiones por la retirada de efectivo en los cajeros automáticos.

La CNMC indica que, no obstante, no tiene constancia de que se haya producido un incremento de comisiones a los clientes de dichos cajeros, si bien indica que dado el "escaso tiempo" transcurrido desde que en marzo entrara en vigor el nuevo modelo y la "gradualidad" de su impacto, aún es pronto para saberlo.

En marzo de 2015 se produjo un cambio en la operativa de las redes de cajeros, pasando de un sistema multilateral en el que las entidades acordaban compartir su red de cajeros a cambio de una tasa previamente pactada entre ellos, a otro en el que cada entidad o grupo de entidades cobra al resto una comisión que unilateralmente decide por el uso de su red.

Según el análisis de la CNMC, este nuevo modelo podría favorecer a las entidades con grandes redes de cajeros, que tendrían libertad para cobrar por el uso de las mismas a terceras entidades financieras en lugar de depender de los citados acuerdos multilaterales.

De hecho, han triplicado la tasa que les cobran (desde los 0,65 euros hasta los 1,80/2 euros) y aunque aún es pronto para evaluar el efecto sobre los usuarios finales de los cajeros, la CNMC advierte de que es de esperar que la firma de alianzas entre entidades con menores redes y el uso de redes propias, "neutralice estos efectos".

Así, afirma que si se confirma el repliegue de los usuarios a la red de su propio banco, que es gratuita, la nueva situación no les supondría un incremento de sus costes, pero si esta red es reducida podrían verse obligados, antes o después, a recurrir a los cajeros de otras entidades, con la posible repercusión de la comisión que paga su entidad bancaria a la propietaria del cajero.

Además, apunta que si se produce una elevación generalizada de las comisiones por uso de cajeros ajenos, afectaría "con más intensidad" a los bancos con menor red y a sus clientes. No obstante, reitera que "no hay constancia de que esta situación se haya producido hasta el momento".

Entidades con pocos cajeros

Por el contrario, indica que a las entidades de pequeño o mediano tamaño o con una red reducida de cajeros, el cambio les ha resultado "menos ventajoso", dado que no pueden ofrecer el servicio en las mismas condiciones que antes y se ven obligadas a buscar socios con los que completar su red para prestar servicio a sus clientes o ampliar sus propias redes. Por ello, la CNMC afirma que en la situación actual, la dimensión reducida o carencia de red "dificulta la entrada o expansión" de nuevos operadores en el mercado.

La CNMC afirma que el nuevo modelo, al propiciar un mayor uso relativo de la red propia frente a las ajenas, podría dar lugar a un repliegue de los usuarios hacia las entidades con mayor red de cajeros. Al mismo tiempo, afirma que el nuevo modelo permite a las entidades con más cajeros rentabilizarlos mejor al aumentar su uso por clientes propios, reducir los pagos a entidades terceras y aumentar los ingresos por operación obtenidos de las retiradas de efectivo realizadas por clientes de otros bancos.

"En el nuevo sistema son las entidades propietarias de los cajeros las que marcan los precios a través de la fijación de la comisión, sin que las emisoras (de las tarjetas) tengan margen para amortiguar dicha comisión", indica la CNMC, que recuerda que el 74% de las operaciones que se realizan en los cajeros es retirada de efectivo.

Informar con tiempo de las comisiones

En este contexto, la CNMC advierte de que se está reduciendo la transparencia en cuanto a las obligaciones de información que afectan a las entidades entre sí y a éstas con los usuarios de los cajeros y, por ello, recomienda que se exija a los bancos titulares de cajeros que en el caso de establecer unilateralmente las comisiones, las comuniquen a las entidades emisoras con suficiente antelación para que puedan informa con tiempo a sus clientes, y que se les obligue a mantener las comisiones sin cambios durante el periodo de preaviso.

Asimismo, advierte de que no todas las entidades emisoras, a pesar de que las normas les obligan, comunican a sus clientes los cambios en su política de comisiones.