La Audiencia de Vizcaya ha condenado al que fuera presidente de Kutxabank Mario Fernández a seis meses de prisión como autor de un delito de apropiación indebida, y al exdelegado del Gobierno en el País Vasco Mikel Cabieces le ha impuesto una pena de un año como cooperador necesario del anterior.

La sentencia de la sección sexta de la Audiencia vizcaína, hecha pública hoy, condena también al abogado Rafael Alcorta a seis meses de prisión como cómplice de Mario Fernández en el delito de apropiación indebida, por haber posibilitado que Kutxabank abonara al que fuera delegado del Gobierno la cantidad total de 243.500 euros.

El tribunal ha recogido en el caso de Fernández la atenuante muy cualificada de reparación del daño, ya que devolvió el dinero.

El fiscal y la acusación popular habían solicitado al tribunal que condenara a Fernández, Cabieces y Alcorta con penas de entre dos y tres años al considerar probado que causaron un quebranto económico al banco, por los delitos de administración desleal y falsedad en documento mercantil que el tribunal ha descartado.

La resolución pide además a Fernández y Alcorta el pago de una multa de unos 4.500 euros, y para Cabieces la multa asciende a unos 9.000 euros.

La Audiencia ha considerado probada "la participación voluntaria y consciente de los tres acusados en una acción destinada, exclusivamente, al favorecimiento económico del acusado Mikel Cabieces, con cargo a los fondos de Kutxabank", sin que el exdelegado del Gobierno realizara trabajo alguno para el banco.

Ha expuesto que "no consta un solo dato de la intervención" de Cabieces como colaborador en el bufete de Alcorta, "ni asistencia a reuniones, ni redacción de informes", ni redactó escritos que pudieran justificar que realizó algún tipo de asesoramiento para Kutxabank.

"Se trataba, lisa y llanamente, de una ayuda económica para Cabieces, no del refuerzo de ningún servicio para Kuntxabank", ha concluido el tribunal.

Así, ha estimado, "los hechos han de entenderse alojados, sin ninguna duda, en el delito más grave de apropiación indebida".

Podrán seguir ejerciendo como abogados

El tribunal ha descartado la inhabilitación para ejercer la abogacía de Cabieces y Alcorta. "El enriquecimiento que constituye espina dorsal del delito de apropiación indebida nada tuvo que ver con una determinada actuación profesional o un incumplimiento de los deberes propios de su profesión", dice la sentencia.

Ha rechazado también la inhabilitación especial para Fernández en el desempeño del cargo de administrador o miembro de un consejo de administración, que habían reclamado las acusaciones para el que fuera presidente de Kutxabank.

Su actuación fue "una evidente extralimitación" y perjudicó "en términos de gravedad penal, al patrimonio que administraba", pero "no se da la nota de gravedad" que justifique la inhabilitación.

Mario Fernández fue, para el tribunal, el autor material del delito de apropiación indebida, "conociendo y aceptando que con su actuación iba a causar un perjuicio" al banco ya que dio la orden de los pagos a Cabieces durante un plazo total de tres años.

"Existió una indiscutible vocación de permanencia en los pagos mensuales ordenados en una actuación en la que no puede hablarse de un mero abuso, siendo evidente la extralimitación, la actuación a título personal, fuera de sus competencias y extramuros del negocio de la entidad", indica.

Según añade la sentencia, "que los tres fueran conscientes del perjuicio causado y del ánimo de favorecimiento y actuaran libre y voluntariamente no quiere decir que su participación fuera la misma".

Así, ha concretado que Cabieces fue cooperador necesario y "beneficiario de toda la operación", que "recibió e ingresó en su cuenta los cheques" y que Alcorta, que trabajaba a través de su bufete para Kutxabank, fue un cómplice al haber permitido una mecánica para hacer llegar al ex delegado del Gobierno esos pagos.

El tribunal ha reprochado a Alcorta que, una vez que meses antes había renovado su contrato con el banco, podía haberse opuesto al plan de Mario Fernández pero participó "voluntariamente, por la razón que fuera, pero no porque no tuviera otra salida".