Viendo que cada día las entidades financieras remuneran menos por los depósitos, muchos son los titulares de los mismos que tienen ganas de cancelarlos e intentar llevarlos a otras entidades en busca de una mejor rentabilidad pero ¿sabes si tienes penalización por cancelarlos de forma anticipada?

Hubo una época en la que los clientes no se fijaban en esta comisión pero, de un tiempo a esta parte, sí que están preguntando qué es lo que pasaría si necesitasen de sus ahorros antes de tiempo, ya que la crisis puede afectar a cualquiera de forma instantánea y puede que tenga que recurrir a sus ahorros para los gastos del día a día.

Dejando a un lado los depósitos con remuneración en especie que no admiten la cancelación anticipada en ningún caso, varias son las alternativas que nos podemos encontrar en estos momentos en el mercado en torno a la cancelación anticipada.

Algunas entidades financieras, las menos es verdad, permiten cancelar de forma anticipada el depósito sin incurrir en penalizaciones de ningún tipo. Suelen ser depósitos a largo plazo, a más de dos años y, principalmente a tipos de interés creciente, con lo cual a la entidad le interesa que se cancele de forma anticipada ya que se evitan pagar los últimos años que son en los que realmente pagan intereses elevados.

Un ejemplo, y no a largo plazo, es el Depósito a 4 meses de ING DIRECT que permite en cualquier momento de la operación el cancelarla de forma anticipada sin que se incurra en ningún tipo de penalización por ello.

Situaciones habituales

  • Que los intereses desde el inicio del depósito hasta el momento de la cancelación anticipada se calculen con un tipo de interés menor que el que tendrían en caso de llegar al vencimiento pactado.
  • Que se penalice con un % del capital con el que se apertura el depósito pero que tenga como límite esta penalización en dinero al de los intereses devengados del depósito y aun no cobrados.
  • Que realmente se produzca una penalización sobre el capital inicial con el que se abrió el depósito.

El primer caso tiene un claro ejemplo en el Depósito a 12 meses del Banco Espirito Santo que es el que más remunera actualmente en el mercado. Si se cancela antes del vencimiento, al ser la liquidación y abono de los intereses al final de la operación, no se liquidarán al 3% TAE, sino que pasan a remunerarse exclusivamente al 1% TAE. Pero lo que no amenazan en ningún momento es al capital inicial. Lo mismo ocurre por ejemplo en el Depósito Triodo5 del Triodos Bank que en vez de remunerar al 2,60% TAE remunerará al 1,50% TAE.

En el segundo caso podemos encontrarnos con el Depósito 5 años y 3 meses que comercializa Unicaja, que penaliza la cancelación anticipada variable en función del tiempo que queda hasta el vencimiento inicial pero esta comisión no podrá superar a los intereses devengados desde la fecha de apertura hasta la fecha de cancelación. También lo podemos ver en los e-Depósitos de CatalunyaCaixa que aplican una penalización del 2% sobre la cantidad reintegrada aplicada a los días que faltan hasta el vencimiento y dividida entre 365 pero con la limitación máxima de los intereses abonados (no se penaliza en ningún caso el capital de la inversión).

Son dos situaciones similares que limitan la posible penalización.

Por ejemplo, el Depósito a plazo fijo 13 meses del Banco Finantia Sofinloc permite que se cancele antes del vencimiento, pero la penalización se sitúa en el 2% anual del principal por el periodo que medie entre la fecha de cancelación y el vencimiento pactado. Por lo tanto afecta al nominal inicial.

Otro ejemplo es el Depósito 375 días del Lloyds Bank International que aplica nada más y nada menos que una penalización del 4% del principal depositado.

Si seguimos buscando entre los depósitos incluso nos podemos encontrar en este punto con productos mixtos como es el Depósito a 24 meses de ActivoBank que no admite cancelación hasta pasados los 6 primeros y pasados estos se aplicará una penalización sobre los intereses generados hasta la fecha de cancelación (50% sobre los intereses si se cancela durante el segundo semestre y 10% si se cancela durante el segundo año).

¿Qué debemos hacer?

A modo de conclusión podemos quedarnos con dos cosas. La primera es intentar buscar siempre un depósito rentable que no nos cobre por cancelar antes del vencimiento de ninguna forma. En el caso de que no sea posible, optar siempre por los depósitos que limitan la cancelación a los intereses no cobrados por el cliente en el momento de la cancelación o que lo que hagan es reducir el tipo de interés al que remuneraban.

Jose Luis del Campo Villares, experto de iAhorro