Quedan sólo unas semanas para cerrar 2017, pero todavía estamos a tiempo de aplicar una serie de trucos con los que poder pagar menos en la declaración de la renta Según el perfil del consumidor sea propietario, inquilino, asalariado, empresario, ahorrador o inversor podrá aplicar una serie de ventajas o deducciones fiscales que reduzcan la carga fiscal a soportar.

Donativos, planes de pensiones, retribuciones en especie o inversión en empresas que inician su actividad ofrecen una última oportunidad a los contribuyentes para bajar el IRPF de cara a la campaña del año que viene.

Por ejemplo, las retribuciones en especie, como las tarjetas restaurante o los vales guardería, no tributan, mientras que los vehículos de empresa considerados eficientes energéticamente permiten reducir hasta un 30 % este tipo de retribución, explican los asesores fiscales de Reaf-Regaf (el Consejo General de Economistas-Asesores Fiscales).

Los planes de pensiones son otra de las vías para reducir la factura del IRPF -hasta una aportación máxima de 8.000 euros y siempre que no supere el 30 % de los rendimientos del trabajo-.

Otra deducción tradicional es la correspondiente a aportaciones a entidades solidarias -un 75 % de los 150 primeros euros y un 30 % del resto-, junto con las de cuotas sindicales o las correspondientes a colegios profesionales.

Invertir en emprendedores para el inicio de su actividad incorporándose al accionariado es otra de las vías para reducir el IRPF. Además, estos "business angels" pueden evitar la plusvalía al salir de la sociedad si reinvierten los fondos en otra entidad.

Los trabajadores que hayan realizado trabajos en empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación hasta un máximo de 60.100 euros siempre que hayan pagado un impuesto similar al IRPF en el país correspondiente.

En el caso de la vivienda

También se mantiene la deducción por compra de vivienda habitual para aquellos que adquirieron su casa antes del 1 de enero de 2013, lo que permite desgravar hasta el 15 % de las cantidades invertidas con un límite de inversión de 9.040 euros.

De la misma manera, los inquilinos que vivan en la vivienda desde antes de 2015 pueden seguir disfrutando de la deducción por alquiler de vivienda habitual.

Reaf-Regaf recomienda a quienes tengan viviendas para alquilar que opten por personas físicas para vivienda permanente en lugar de empresas o apartamentos vacaciones si quieren acceder a una reducción del 60 % en el rendimiento.

En el caso de contribuyentes que hayan vendido su vivienda este año, pueden neutralizar la tributación por esa ganancia si la reinvierten total o parcialmente en la compra de una nueva casa.

Como en años anteriores, los mayores de 65 años no tendrán que tributar por la ganancia derivada de la venta de su vivienda habitual.

En caso de que un mayor de 65 años se desprenda de cualquier otro bien o derecho, incluida una vivienda no habitual, podrá evitar tributar esa ganancia patrimonial hasta un máximo de 240.000 euros siempre que los fondos obtenidos se dediquen a una renta vitalicia.