Esta mujer, de 36 años y natural de Badajoz, ha señalado, en declaraciones a Efe, que su caso, por desgracia, "no es un hecho aislado" y espera que, a partir de ahora, los empresarios "se piensen bien" efectuar despidos improcedentes "por el hecho de ser mujer".

Por esto, ha agregado, la sentencia del Constitucional no es sólo un logro personal, sino que es un "gran" logro para el resto de mujeres.

La demandante empezó en 1997 a trabajar como auxiliar administrativo para la Asociación Provincial del Metal de Badajoz hasta que fue despedida en 2004, al comunicarle la empresa la imposibilidad de mantener sus servicios por el encarecimiento de su nómina y lo innecesario de su puesto de trabajo.

Pérez no tiene dudas acerca de volver de nuevo a la empresa, una vez que el tribunal se lo indique y admite que "tiene reparo" en incorporarse, aunque está en situación de paro y necesita disponer de una remuneración económica que le ayude a mantener a sus dos hijos.

Además, tendrá en breve un tercer hijo, ya que está embarazada de ocho meses.

Ha señalado que no tiene miedo a sufrir represalias, una vez que se incorpore a su antiguo puesto y confía en que los responsables "no se atreverán" porque, evidentemente, no se quedaría "con las manos cruzadas".

En contra de los argumentos de la Asociación Provincial del Metal de Badajoz, que alegó que la mujer no comunicó en ningún momento su embarazo a la dirección, la demandante defiende que, "sin duda", su estado de gestación fue la causa de su despido.

En este sentido, ha explicado que "siempre" mantuvo una relación profesional cordial con sus compañeros y sus jefes, y que el despido llegó después de que comunicara a todos sus compañeros, "de manera verbal", que estaba embarazada.

La empresa, según ella, "sí lo sabía", debido a que "nunca" ocultó el embarazo entre sus compañeros e, incluso, la junta directiva tuvo conocimiento de su estado durante la cena de navidad que compartió con el resto de empleados y gerentes.

Por otro lado, ha reconocido que no se esperaba la sentencia del TC, ya que dos años antes el Tribunal Superior había desestimado el recurso, aunque siempre "había seguido hacia adelante y había luchado por sus derechos".

Se trata de la primera vez en que el Tribunal Constitucional avala la nulidad de un despido sin que la trabajadora haya comunicado su embarazo a la empresa, ya que hasta ahora la doctrina del TC consideraba "necesario" el conocimiento por parte del empresario del embarazo de la despedida para apreciar vulneración de derechos fundamentales.