Salud

Andalucía aprueba la primera ley de muerte digna en España

El Parlamento andaluz aprueba la norma que permite al paciente rechazar un tratamiento que prolongue su vida de modo artificial

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Andalucía aprueba la primera ley de muerte digna en España
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LA OPINIÓN. SEVILLA / MÁLAGA. El pleno del Parlamento de Andalucía aprobó ayer la primera norma autonómica de España que regula los derechos del paciente durante la última etapa de su vida –le permite rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial– y las obligaciones de los médicos que les traten, tanto en centros públicos como privados, incluso los de raíz religiosa.
Unos aplaudieron la norma por valiente y necesaria; otros argumentaron en contra que es una ley ´conceptual´, que no tiene en cuenta la aplicación de sus preceptos. También el PP le puso ´pegas´ ayer al texto: votó en contra de tres de sus artículos, ya que defiende que los profesionales puedan acogerse a la objeción de conciencia –algo no recogido en la ley: según los juristas del Consejo Consultivo de Andalucía, debe ser una ley estatal la que lo haga–, el "respeto" a la libertad individual y pide una "clara" regulación de los comités de ética.
La denominada Ley de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el Proceso de la Muerte regula la limitación del esfuerzo terapéutico, prohíbe el ensañamiento terapéutico y permite a los pacientes rechazar un tratamiento que prolongue su vida de manera artificial. También da cobertura a la sedación paliativa para aliviar el sufrimiento de los enfermos aunque ello pueda acortar su vida.
Queda fuera del paraguas legal la eutanasia activa y el suicidio asistido, ya que la Comunidad Andaluza no tiene competencia para legislar esta materia tipificada como delito en el Código Penal.
Así, se ofrece una cobertura normativa para solventar situaciones como la vivida por Inmaculada Echevarría en 2007, cuando la Orden Hospitalaria San Juan Dios pidió su traslado del Hospital San Rafael de Granada, dependiente de la citada orden religiosa y donde permaneció paralizada diez años la enferma con distrofia muscular, a otro centro público en el que se autorizó la desconexión de la ventilación mecánica que la mantenía con vida. De hecho, la consejera de Salud, María Jesús Montero, reconoció que el caso de Echevarría fue una de las inspiraciones de la norma, que, en su opinión, es "vanguardista, valiente y sensible".
La ley, respaldada por el PSOE e IU, tiene como objetivo principal que prevalezcan los derechos del paciente a no recibir determinados tratamientos, así como al obligado cumplimiento de las garantías de estos enfermos por parte de cualquier institución sanitaria, ya sea pública o privada, incluso de raíz religiosa.
El texto también plasma que los profesionales sanitarios que atiendan al paciente en su fase terminal deberán respetar las decisiones que éste tome sin imponerle sus propias opiniones personales, morales, religiosas o fisiológicas.

Habitación


Tal y como ha defendido la titular de Salud, la norma recoge el derecho de los pacientes que tengan que ser hospitalizados a una habitación individual durante su estancia, tanto en el ámbito público como en el privado, y a estar acompañados de sus familiares durante el proceso de la muerte. Este punto fue, precisamente, una de las claves del ´ataque´ de los ´populares´ a la norma: en su opinión, la Comunidad no cuenta con recursos "necesarios" para garantizar la atención a estos pacientes, teniendo en cuenta "carencias" de la red sanitaria como, asimismo, las escasas habitaciones individuales.

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