Es un caso prototípico que deja claro que cuando la justicia llega tarde, ya no es justicia. Cincuenta y siete personas que perdieron sumas importantes al invertir en una sociedad de valores han esperado más de 16 años, desde la disolución de la sociedad en 1992 hasta 2008, para que su caso llegue a la fase de juicio oral. En total, los afectados perdieron 1,6 millones de euros (269 millones de las antiguas pesetas) de los que se apropiaron supuestamente la presidenta y el administrador de la sociedad, un matrimonio para el que la Fiscalía de Málaga solicita diez años de prisión (cinco para cada uno) y una indemnización para los afectados similar al dinero que se quedaron.

La Fiscalía de Málaga ha calificado los hechos como un delito de apropiación indebida, y ha rehusado tipificarlo como un ilícito de alzamiento de bienes.

Según la calificación del fiscal, "el 4 de diciembre de 1989 se constituyó en Málaga la sociedad Negocio de Valores Mobiliarios SA, Sociedad Gestora de Carteras, conocida popularmente como Nevalsa, figurando como presidente la acusada Anne C. M. M. V. y como consejero el acusado Ataúlfo E. H. A partir de ese momento, el acusado, persona muy relacionada en los ambientes financieros de esta ciudad, se dedicó a buscar clientes para su empresa y a gestionar el dinero que iba recibiendo de éstos, por medio de inversiones en bolsa".

Los afectados entregaban una suma al acusado y éste se comprometía a invertirla "en la compra de acciones que por su tipo merecieran la pena, de forma que se adquirían para venderlas en el momento oportuno, generando con ello unas plusvalías que se iban incorporando a la cuenta -o cartera- de cada cliente", añade.

Contrato. Los clientes de Nevalsa firmaron con el acusado un contrato de gestión en el que se establecía que las ventas de acciones debían realizarse "siempre por orden y cuenta del cliente", y del contenido del contrato se deducía que "las cantidades entregadas debían invertirse en acciones u otros títulos negociables en el mercado bursátil y no en otro tipo de inversiones", apunta el acusador público.

El acusado, con ánimo de lucro y a lo largo de un periodo que comprende varios años, "se fue apropiando de las cantidades de sus clientes para invertirlas en usos ajenos a lo pactado y en su propio beneficio y en el de la acusada, a la sazón su mujer, que conocía y aprobaba todas las actividades ilícitas de su marido", esgrime el acusador.

Apropiaciones. Las apropiaciones se produjeron de dos formas: o sobre el total de lo entregado por los clientes o sobre la cuenta final de resultados de la cartera, de tal forma que cuando Nevalsa entró en crisis en 1992 "los clientes se encontraron con que su cartera de valores estaba a cero o con una cantidad de dinero que no se justificaba con los movimientos accionariales que ellos habían autorizado", con lo que el perjuicio estimado por el ministerio público asciende a 269.024.095 pesetas (1,61 millones de euros), cuantía de la que se apropiaron supuestamente los dos procesados.

Si se atiende a las grandes cifras, tal vez el tema parezca de poca importancia, pero lo cierto es que algunos clientes perdieron cantidades muy elevadas que van desde los 19.200 euros de Manuel J. R. hasta los 516.000 de Joaquín H. C.

El 29 de junio de 1992 Nevalsa presentó suspensión de pagos y muchos clientes intentaron cobrar sus créditos de las más diversas formas. En 1990, Ctesifonte L. P. pasó a formar parte de esa sociedad haciendo labores de vocal con el objetivo de atraer clientes, dadas sus relaciones con los ambientes financieros de la ciudad. Sin embargo, éste también acabó siendo perjudicado de forma que el acusado le pagó sus deudas con diversas fincas. Al final, éstas fueron vendidas y le produjeron un perjuicio superior a los 66.000 euros. El juicio se celebrará, por fin, en octubre.