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El TS absuelve a un notario condenado por la Audiencia

 22:45  
Supremo. En la imagen, el notario Fernando Agustino, absuelto por el alto tribunal.
Supremo. En la imagen, el notario Fernando Agustino, absuelto por el alto tribunal.  Arciniega

Fernando Agustino emprenderá acciones legales contra el juez instructor, el fiscal del caso y la Sección Octava de la Audiencia, que fue la que lo condenó

JOSÉ ANTONIO SAU. MÁLAGA El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto de un delito de infidelidad en la custodia de documentos al notario Fernando Agustino dentro del caso iniciado por el presunto soborno a un funcionario en relación a las cuentas del hotel Los Monteros de Marbella. El alto tribunal confirma además la absolución dictada por la Sala de Málaga para dos directivos del hotel; y mantiene la condena por cohecho a dos asesores fiscales, inspectores de Hacienda en excedencia, aunque modifica su pena: ya no irán a la cárcel ni serán inhabilitados, pero deberán pagar dos multas de 72.000 euros cada una.

Según la Fiscalía, en 2002 dos directivos de Los Monteros “alarmados por el previsible resultado” de una inspección contrataron los servicios de una firma de abogados, integrada por inspectores en excedencia. Así, los asesores descartaron en septiembre de 2003 la prescripción del expediente y decidieron “intentar el soborno” del inspector responsable del informe para obtener un acta que falseara la verdadera situación tributaria de la sociedad.

En el transcurso de unas conversaciones telefónicas, se detectó, siempre según la sentencia de la Sección Octava, que un notario contrató como asesor a uno de los inspectores, de forma que se diseñó un plan para “maquillar las cuentas”. El fedatario, según el fallo recurrido, optó por eliminar los dispensados.

Sin embargo, el Supremo ha tumbado los hechos probados de la sentencia en relación al notario. “La palabra dispensado en nada afectaba al contenido de dichos instrumentos amparados por la fe pública derivada de la intervención del acusado como notario”, dicen los magistrados, al tiempo que añaden:?“No es tolerable que dicho contenido se amplíe a expresiones ajenas a dicho otorgamiento o a aquella liquidación”.

Con la eliminación de esa palabra, Fernando Agustino quiso expresar una advertencia sin más destino que el de su personal recuerdo, afirma el Tribunal Supremo. Por tanto, declaran que Agustino no ha cometido delito alguno, como afirmó la Fiscalía. “No cabe participar en el mismo de manera criminalmente responsable ni siquiera como cooperador”, añaden los magistrados, por lo que ordenan su absolución con todos los pronunciamientos favorables.

El notario Fernando Agustino se felicitó por la decisión del alto tribunal español, “que pone fin a cinco años de pesadilla”. “Mi honor se ha puesto a salvo y se han demostrado cumplidamente los calificativos – ‘desatinados’, ‘esperpénticos’ o ‘torcidos’– que siempre proclamé de viva voz respecto de los argumentos del juez instructor, el fiscal y la Sección Octava de la Audiencia Provincial”, dijo el notario a este periódico.

Es más, anunció que va a iniciar acciones penales tanto contra el instructor, como contra el fiscal que investigó el caso y la Sección Octava, que lo condenó. “No tengo ningún afán de venganza. Tan sólo quiero que respondan ante una Justicia que ellos dijeron representar”, apunta.

Derechos. Fernando Agustino indicó además que aún queda un tema pendiente: “Está por determinar qué ocurrió con la vulneración del derecho al secreto de las comunicaciones telefónicas, en el que inexplicablemente el Tribunal Supremo no ha entrado”.

Pero hay más. Agustino se mostró dispuesto a llegar hasta el final en las acciones legales emprendidas contra quienes le llevaron al banquillo de los acusados. “Con todo esto que me ha ocurrido no sólo sufren el acusado y se entorno más íntimo, sino que también se resienten el Estado de Derecho y sus resortes”, concluyó el notario.

En relación a la sentencia del Tribunal Supremo, Agustino añadió: “El fallo adolece de una clara falta de valentía para abordar la vulneración ilícita y en cascada de derechos fundamentales de que he sido objeto”.

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