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josé antonio sau. Málaga
La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a diecisiete años de prisión al hombre que había sido acusado de maltratar al bebé de su pareja, que no alcanzaba los tres años, hasta provocarle la muerte. También ha sido sentenciado a dos años de cárcel por maltrato habitual. Su pareja sentimental y madre del niño deberá pasar dos años entre rejas.
"Los procesados, M. A. C. M. y R. G. L., pareja sentimental cuando ocurrieron los hechos, en la actualidad casados, residían, junto al hijo menor de la mujer, de dos años y ocho meses, fruto de la relación que ésta mantuvo con el padre biológico del niño, en una vivienda de la capital", explica la sentencia.
Así, a lo largo de 2006, M. A. C. "golpeó y agredió al menor en numerosas ocasiones, provocándole lesiones en todo su cuerpo, algunas de ellas quemaduras de cigarrillos, sin proporcionarle asistencia facultativa".
En una ocasión, el bebé llegó a consumir cocaína que el procesado tenía en su casa, "bien por descuido de ambos encausados o bien porque ellos mismos se la administraron". La acusada, madre del niño, "conocía y consentía los continuos malos tratos que su hijo menor recibía de su compañero sentimental", aclaran los magistrados en el apartado de hechos probados de la sentencia.
El 12 de agosto de 2006, sobre las 14.00 horas, el acusado se encontraba en su domicilio en compañía del menor. "Por causas no determinadas, comenzó, como en ocasiones anteriores, a golpear al niño, produciéndole una gran herida inciso-contusa en la región occipital derecha y un gran desgarro hepático, con una importantísima pérdida sanguínea en la cavidad abdominal que desencadenó un cuadro de ´shock´ hipovolémico hemorrágico que le produjo la muerte", asegura la Sala en la sentencia.
La Fiscalía solicitó en sus conclusiones finales que el padre pasara 28 años entre rejas, al entender que había ensañamiento y alevosía en la comisión del asesinato y, además, el hombre había cometido un delito malos tratos habituales.
Ninguno de ellos podrá portar armas durante cuatro años. Él deberá sufragar las dos terceras partes de las costas y ella, sólo un tercio de las mismas.
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