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europa press La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto a un hombre que fue denunciado por, presuntamente, quedarse con dinero de dos trabajos realizados con materiales de la empresa de seguridad para la que trabajaba, al no quedar demostrado que se apropiara ni de los materiales ni del dinero.
Según señala la sentencia, el acusado prestaba sus servicios desde enero de 2002 para esta firma, domiciliada en Marbella (Málaga), y en diciembre de 2003 realizó dos instalaciones de seguridad mediante alarma, una en una empresa y la otra en la casa de un particular, en ambos casos, con material de la empresa.
Así, el Tribunal determina, según la resolución a la que tuvo acceso Europa Press, que "no ha quedado acreditado que el acusado realizase las mencionadas operaciones sin conocimiento ni consentimiento de la empresa ni que cobrase para sí las cantidades que los mencionados clientes abonaron por las instalaciones".
A pesar de que tanto el fiscal como la acusación particular mantuvieron su acusación por apropiación indebida, la Sala concluye que no se ha enervado el principio de presunción de inocencia "al no haberse producido prueba de cargo suficiente y bastante para considerar al acusado autor del delito".
Señala que la declaración del acusado fue "clara, contundente y persistente", reconociendo que hizo los trabajos pero "para beneficio de la empresa" y negando que se quedara con dinero. En este punto, el hombre explicó que el pago de la empresa se hizo directamente a la firma de seguridad y la del particular por un cheque que dio a un compañero.
Este empleado, que declaró como testigo, aseguró que no sabía si las tareas fueron o no encomendadas por la empresa y dijo que no recordaba haber informado a la empresa de los hechos, manifestaciones que se contradicen con lo dicho en la vista oral por el responsable de la sociedad, cuya declaración estuvo, según la Sala, "plagada de imprecisiones y contradicciones".
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