EUROPA PRESS
La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a una pareja a un total de 12 años de prisión, cinco para el acusado y siete para la acusada, por vender droga que ésta llevaba escondida en el bolso, además de dinero oculto en el sujetador. Asimismo, ambos procesados deberán pagar una multa de 6.000 euros.
Los hechos ocurrieron el día 8 de octubre de 2008 en una calle de la capital cuando, según la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, agentes del Cuerpo Nacional de Policía observaron como la mujer salió de un bloque, portando un bolso "bien agarrado" y se dirigió a un vehículo, que se encontraba detenido y en cuyo interior permanecía el acusado.
Tras introducirse ésta en el coche, los agentes, que contaban con información previa, procedieron a la identificaron de los acusados, comprobando que en el interior del bolso llevaban 19 papelinas de 1,70 gramos de cocaína, valorada en 223,59 euros; 23 papelinas de 3,90 gramos de heroína, con un valor de 169,13 euros y nueve envoltorios de cocaína de 33,18 gramos, valorada en 4.196,62 euros; además de 24 comprimidos de un medicamento antidepresivo, valorados en 99,12 euros.
Asimismo, la acusada ocultaba en el bolso un total de 1.192 euros y varias piezas de joyas, y en el sujetador, dos billetes de cinco euros y uno de 10; mientras que al acusado se le incautaron 11 piezas de joyas entre pendientes y anillos.
En el juicio, el acusado, que nunca había reconoció los hechos, manifestó que los mismos se habían producido como se había relatado en el escrito de acusación el ministerio fiscal que se acababa de leer, "con la intención de exculpar a su compañera, asegurando que le entregó la droga a su pareja, sin que ésta conociera de lo que se trataba, y que la metió en el bolso sin que lo supiera".
Por su parte, la acusada no reconoció nunca los hechos, sino que siempre los negó, pero fue en su bolso donde se halló la droga, según establece la sentencia, que añade que ésta lo sujetaba "de forma visible para asegurarse de que no lo perdía o se caía, poniendo de manifiesto la importancia de lo que contenía".
Además, el agente del Cuerpo Nacional de Policía, que señaló en el juicio que tenía información previa sobre el comportamiento anterior de una pareja de las características de los acusados, confirmó que la sustancia estupefaciente fue hallada en el bolso, después de que la acusada se introdujera en el vehículo.
En este sentido, según la sentencia, el hombre no pudo introducir la droga sin el conocimiento de la acusada, "ya que ella lo portaba consigo en todo momento y la droga no iba envuelta de forma que ocultara lo que era".
Para la Sala, en la acusada concurre la agravante de reincidencia dado que fue condenada en 2002 a tres años y un mes de prisión por un delito contra la salud pública, mientras que en el hombre no concurren las circunstancias eximentes de confesión y de drogadicción alegadas por su letrado.