JOSÉ ANTONIO SAU. MÁLAGA
La Sección de Medio Ambiente de la Fiscalía Provincial de Málaga ha pedido, en una denuncia remitida al Juzgado Decano de la capital, la apertura de un juicio verbal de faltas contra tres personas por organizar peleas ilegales de gallos en el domicilio de uno de ellos. Éste había efectuado una completa reforma en su casa para levantar un coso que, incluso, contaba con un graderío para acoger a 200 personas.
A los tres denunciados se les imputa una supuesta falta del segundo punto del artículo 632 del Código Penal, que reza así: "Los que maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente sin incurrir en los supuestos previstos en el artículo 337 serán castigados con la pena de multa de 20 a 60 días o trabajos en beneficio de la comunidad por idéntico periodo".
En la denuncia, a la que tuvo acceso La Opinión de Málaga, la Fiscalía afirma que abrió diligencias a raíz de una comunicación de la Policía Local de Málaga, que sorprendió en plena faena a los tres denunciados.
"Hacia las 20.45 horas del 29 de mayo de 2009, en unas instalaciones que ha realizado adosadas a su vivienda el denunciado B. U., ubicada en una calle del norte de la ciudad, éste se encontraba organizando una pelea de gallos ilegal, en la que los asistentes aportaban ciertas cantidades de dinero a favor del ganador", explica el fiscal.
Para la realización de esta actividad, el primero contaba con la ayuda de M. U., que "organizaba las peleas". También está denunciado J. C., "que realizaba anotaciones de las apuestas y además controlaba los tiempos de lucha".
Intervención. En el momento de la intervención de la Policía Local, "se encontraban allí unas cien personas, que animaban las peleas, encontrándose en ese momento uno de los gallos muy malherido: ´Tenía mal estado de pelaje, con amplias zonas de pica, amputación de la cresta y pérdida física y visual del ojo izquierdo", añade la Fiscalía. Además, había otros 37 animales más "preparados para las peleas".
Esta actividad está expresamente prohibida en la Ley de Protección de los Animales (artículo 4.2). "Los denunciados pretendían amparar su ilícita actividad bajo la cobertura de la Peña del Gallo Malacitano, de la que es titular B. U., hasta el punto de haber intentado que se le autorizase la instalación de un reñidero de gallos, lo cual, además de no haber sido autorizado, no podría amparar dicha actividad, a tenor de lo que se dispone en la resolución de 3 de diciembre de 2004 de la Consejería de Gobernación, que interpreta y aclara el artículo correspondiente de la ley", relata el fiscal en su denuncia, que ahora deberá ser turnada entre los diferentes juzgados de instrucción de la capital para que se produzca el juicio.