Anadie se nos escapa la preocupante situación que vive en la actualidad el derecho de presunción de inocencia y la influencia que los medios de comunicación y ciertos círculos políticos y sociales, por qué no decirlo también, ejercen sobre dicho derecho. En los tiempos que corren es habitual desayunar casi todos los días con noticias periodísticas sobre el «caso…» o la «operación…», o con»detenciones espectaculares…» retransmitidas por televisión, en las que se exhibe al detenido engrilletado con el riesgo de ser juzgado y posiblemente condenado por la sociedad, previamente a ser enjuiciado a través de un proceso con las máximas garantías constitucionales y por los jueces o tribunales competentes.

Esto ha dado pie a que algunos consideren que la presunción de inocencia es un mito, que podría ser llamado más bien presunción de culpabilidad, porque eso es lo noticioso, siguiendo la máxima periodística de que lo que no transciende a la luz pública… no existe.

Como ciudadano y como jurista, me niego rotundamente a suscribir dicha tesis; antes al contrario, creo firmemente que la presunción de inocencia debe ser revitalizada, ya que es un principio sagrado para cualquier ciudadano y no puede ser vulnerado por un juicio popular mediático.

Hago esta reflexión a propósito del denominado, probablemente con intenciones algo espúreas, ´caso Cátedra´ de Málaga. En una mañana del presente mes de julio, y, precisamente desayunando en el Aeropuerto de Barajas, después de un largo viaje, en un importante medio de prensa de tirada nacional, leo dicha noticia y veo, con mis ojos aún cansados de tan tedioso viaje, la imagen de un antiguo compañero, con su propio nombre y apellidos, profesor de la Facultad de Derecho de Málaga, esposado y escoltado por la Guardia Civil en la propia entrada de la Facultad.

De repente, y después de salir de mi asombro y estupor, me vinieron a la memoria algunos textos de mi época de estudiante de Derecho. Así, comencé por el Digesto de Ulpiano; después por la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, cuyo artículo 9º establece: «Presumiéndose inocente a todo hombre hasta que haya sido declarado culpable, si se juzga indispensable arrestarlo, todo rigor que no sea necesario para asegurar su persona debe ser severamente reprimido por la ley»; posteriormente recordé el paradigmático artículo 24.2 de nuestra Carta Magna; así como el propio artículo 520 de nuestra vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, a cuyo tenor: «La detención y la prisión provisional deberá practicarse en la forma que menos perjudique al detenido o preso en su persona, reputación y patrimonio».

Al final de dicho recordatorio no pude más que exclamar: ¡A dónde ha ido a parar nuestro Estado de Derecho!

Y es que… no pueden activarse protocolos policiales sin una sólida base, confundiendo la sospecha con una reflexiva subjetividad. No pueden publicarse en los medios titulares ni fotografías que sólo persiguen alimentar el morbo. En definitiva, no se puede tratar a la gente como si fuera «culpable», sin concederle la «presunción de inocencia».

Cada vez que se coarta el derecho de un individuo a un derecho fundamental, todos salimos perjudicados, porque mañana el derecho pisoteado puede ser el nuestro, dado el precedente creado. La reputación es un bien que en la actualidad se suele usar de forma caprichosa y una vez manchada es muy difícil restituirla.

Al hilo de ésto, la pregunta ahora sería: ¿Existen en España mecanismos de defensa eficaces para los que han sido tratados como culpables de forma injusta? La contestación a esta cuestión, por desgracia, no puede ser positiva, al contrario de lo que ocurre en el derecho comparado. Así, por ejemplo, en Francia se ha promulgado una Ley para la Protección de la Presunción de Inocencia y Derecho de las Victimas, que recoge medidas muy beneficiosas para la protección de ese derecho fundamental.

Como expresaba en otro artículo de opinión Manuel Camas, decano del Colegio de Abogados de Málaga, los medios de comunicación y la justicia penal nunca han coexistido armónicamente. Mientras que los primeros pueden y deben informar sobre cuantos procesos resultan de relevancia e interés público, la justicia penal debe asegurar el respeto de los derechos esenciales en el proceso y, por supuesto, la presunción de inocencia.

Sin embargo, el conflicto surge porque con frecuencia observamos que desde los medios de comunicación se juzga y falla sobre asuntos que están aún en los primeros estadios del proceso judicial. En nuestro Derecho casi siempre el conflicto entre libertad de expresión e información se resuelve a favor de éstas y en detrimento de los derechos del imputado y acusado; al contrario de lo que ocurre en otros ordenamientos jurídicos próximos al nuestro. No obstante, considero que dicho conflicto se atajaría aplicando el símil marino: «Que cada palo aguante su vela»; es decir, que por una parte, los operadores jurídicos en cuestión (jueces, fiscales, policía judicial, abogados, etc.) cumplan fielmente con sus competencias legalmente establecidas; y, por otra, que los profesionales de la comunicación realicen sus informaciones con rigor y veracidad.

Recientemente, el Consejo General de la Abogacía, en una mesa redonda entre periodistas y abogados, después de referirse a la situación preocupante del derecho de presunción de inocencia, concluyó señalando que es necesaria la autorregulación y un mayor rigor en las informaciones para no someter a los sospechosos a un juicio paralelo al que se desarrolla en los Tribunales, que es el que debe concluir en su inocencia o en su culpabilidad. Por lo tanto, es necesario inferir que debe existir un justo equilibrio entre el goce de las libertades individuales y el interés general. En una sociedad democrática los derechos y libertades inherentes a la persona, sus garantías y el Estado de Derecho constituyen una trilogía, donde cada uno de sus componentes se define, completa y adquiere sentido en función de los otros.

Es hora ya de exigir responsabilidades individuales a cuantos intervienen en este circo mediático pisoteando este derecho fundamental, en espera luego de que sea «papá Estado» (todos los paganos) el que repare a las víctimas.

Finalizo con la siguiente reflexión: en las democracias consolidadas tendemos a pensar que los derechos son regalos que nos vienen dados y que no hay que luchar por ellos para preservarlos y garantizarlos. Es hora de tomarse los derechos en serio. Si reflexionamos sobre la presunción de inocencia como regla de civilización y humanidad y nos ponemos en el lugar de la víctima, comprenderemos en seguida la imperiosa necesidad de que sea respetada aquella. Ello exige prudencia, autocontrol, ausencia de precipitación y de exhibicionismo; en definitiva, responsabilidad. Sólo así construiremos una democracia profunda, avanzada y de valores, en la que todos sean tratados con respeto y dignidad.

*Doctor en Derecho. Magistrado en excedencia