Probablemente fueron las horas más difíciles tanto para el Gobierno como para numerosos aeropuertos españoles: en la madrugada del 3 al 4 de diciembre, decenas de controladores optaron por no acudir a su puesto de trabajo, colapsando el espacio aéreo español. En Málaga, la Fiscalía denunció a 14 profesionales, pero el Juzgado de Instrucción número 6 de la capital archivó la causa porque su titular se creyó los partes médicos presentados por los controladores para eludir la acción penal y justificar su ausencia laboral. Ahora, el fiscal encargado del caso ha recurrido la decisión judicial y reclama, incluso, que se depuren las responsabilidades de los galenos que dieron cobertura a los profesionales aéreos.

Un dato: varios profesionales sanitarios del Servicio Médico de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) atendieron a los controladores, especialmente uno de ellos, que fue el que más técnicos recibió.

Éste afirmó que le parecían «verosímiles» los motivos aducidos por los controladores. Lo cierto es que, según fuentes judiciales, la mayor parte de ellos dijo tener ansiedad o estrés, mientras que al menos una mujer presentó partes –que sí son creídos por las fuentes– indicando que su hijo tenía bronquitis y nadie podía cuidarlo. También hay facultativos que no pertenecen a Aena.

Los investigadores no son tan cándidos como parece, pero es difícil combatir una opinión médica, pese a que el galeno y sus compañeros del Servicio Médico de Aena no tenían relación ninguna, siempre según las fuentes, con los controladores, lo que es un punto a favor de la independencia del departamento sanitario. Una cosa es que penalmente no se puedan combatir resoluciones médicas y otra que se hayan tragado lo primero que se les ha dicho; por eso el fiscal quiere seguir embistiendo como pueda contra el muro de Aena.

En cualquier caso, el fiscal no se cree a nadie, y pone de manifiesto en un recurso, al que tuvo acceso La Opinión de Málaga, su intención palmaria: que los médicos respondan, o al menos justifiquen sus partes. Que den la cara. De hecho, pide que el Instituto de Medicina Legal (IML) emita informes individualizados sobre cada una de las bajas de asistencia presentados por los 14 imputados, «con dictamen sobre la consulta, antecedentes, exploración, diagnóstico, tratamiento y la fecha de alta o siguiente incorporación al servicio, con los datos obrantes en autos». Es decir, que los forenses fiscalicen a sus colegas de Aena, todo ello, y aquí se ve claramente por dónde va el acusador público, «a fin de depurar las eventuales responsabilidades, incluidas las de los médicos emisores de los citados partes de asistencia».

«No se debe atribuir absoluta credibilidad a dichos informes sin asistencia sin contar con una pericia contrastada que permita confirmar o no dicho parecer médico, ello lógicamente derivado de que no parece casual que tantos integrantes del servicio de controladores de Aena se indispusieran al mismo tiempo, ello sin contar con el hecho notorio de que coincidió en el tiempo con la indisposición de sus compañeros de toda España», afirma el fiscal en su recurso.

En cualquier caso, sí ve «razonable y coherente» que el juez de Instrucción 6 archivara la causa tras dar «total credibilidad» a los facultativos que emitieron informes de asistencia y atendieron a los imputados en la tarde noche del 3 al 4 de diciembre, víspera del Puente de la Constitución. Pese a ello, el acusador público considera que «no se han practicado todas las diligencias necesarias e imprescindibles para agotar la investigación».

El presidente de la Audiencia Nacional, Ángel Juanes, pidió en su día que un único juzgado se hiciera cargo del asunto, pero una vez que órganos de toda España se inhibieron en favor de los Juzgados Centrales de Instrucción la institución que preside los devolvió a sus lugares de origen. Por eso, las distintas fiscalías lo tendrán complicado para argumentar en uno u otro sentido para contrarrestar los diversos criterios de los distintos jueces de numerosas provincias. «Ahora no podemos argumentar respecto de otros lados», indican fuentes judiciales.

Es difícil establecer el próximo paso a dar: ahora, la pelota está en el Juzgado de Instrucción número 6, cuyo titular debe revisar su decisión debido al recurso de la Fiscalía, que además ha pedido que la misma sea analizada después por la Audiencia Provincial.

Cientos de vuelos se suspendieron en el Puente de la Constitución de 2010, y el sector turístico perdió decenas de millones de euros.

No se prevé pena de cárcel para este delito

La Fiscalía sostenía que los hechos podrían incardinarse en un delito previsto en el artículo 409 del Código Penal, que se refiere a «las autoridades o funcionarios públicos que promovieren, dirigieren y organizasen el abandono colectivo y manifiestamente ilegal de un servicio público». En este caso se prevé una multa de ocho a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años. Asimismo, en un segundo apartado de dicho artículo se habla de «las autoridades o funcionarios públicos que meramente tomaren parte en el abandono colectivo o manifiestamente ilegal de un servicio público esencial y con grave perjuicio de éste a la comunidad», para los que se fija pena de multa y suspensión de seis meses a dos años.