Diez años después de que los jóvenes Iván García, de 19 años, y José Joaquín Barragán, de 20, fallecieran por consumo de éxtasis en la macrofiesta «Mundo Evasión», celebrada por Canal Sur Radio en marzo de 2002 en el Palacio de los Deportes Martín Carpena de Málaga, la Justicia parece haber dado carpetazo final al asunto para consternación de sus padres. La Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga ha desestimado finalmente, tras un larguísimo proceso judicial, el recurso que Juan García Campanario, padre de Iván, y de Antonio Barragán, padre de José Joaquín, emprendieron en 2003 contra el Ayuntamiento de Málaga, al que consideraban responsable patrimonial por ceder el Martín Carpena para el evento.

Los padres reclamaban cada uno al Consistorio como «reconocimiento moral» una indemnización de 180.000 euros y lo acusaban de permitir al acceso de entre 14.000 y 16.000 jóvenes a un recinto que sólo tiene un aforo para 8.000 personas y de no adoptar la seguridad necesaria. Tal aglomeración, según sostenían los padres, pudo impedir el rápido acceso de la UVI para atender a los dos jóvenes, desmayados tras el consumo de pastillas.

Sin embargo, el juez alega en su sentencia que el espectáculo «tuvo lugar y se desarrolló con las condiciones de seguridad suficientes». Además señala que no está acreditado que se vendieran más entradas de las que permitía el agoro y remite a la declaración que realizó en el juicio el promotor de la fiesta, Daniel Moreno, que presentó incluso la liquidación de la venta ante la Sociedad de Autores. Moreno admitió durante su intervención que se llegaron a imprimir 14.000 entradas, aunque aseguró que la organización sólo retiró 11.000 de ellas y vendió al final únicamente 7.843, es decir, una cifra ajustada a capacidad.

El juez estima además que escapaba al control de los organizadores el hecho de que acudieran personas sin entrada a las puertas del Carpena con la intención de acceder a la fiesta. «Fue observado el deber de diligencia y control por parte del Ayuntamiento y de los organizadores», apunta el fallo.

Por último, el magistrado también rechaza que el fallecimiento de los jóvenes Iván y José Joaquín pueda ser achacable a retrasos en la asistencia sanitaria o en el traslado al centro hospitalario. «La causa de la muerte fue un fallo multiorgánico sin que la tardanza que se dice hubiese tenido relación alguna (...) la causa no fue otra que la ingesta de drogas tóxicas», apunta el juez que considera que circunstancias como «el acaloramiento y las tenciones derivadas del ruido y la masificación» con propias de una fiesta como aquella, no siendo imputable a nadie más que a las víctimas.

Críticas de los padres. La sentencia, lógicamente, ha decepcionado profundamente a los demandantes. El padre de Iván, Juan García Campanario, afirmó que se sienten «claramente despreciados» por la Justicia y opinó que la sentencia «va claramente con los poderosos», en referencia tanto al Ayuntamiento de Málaga como a Canal Sur. En su opinión, el juez «no ha querido ver la responsablidad» del Consistorio en las «irregularidades» que hubo en la organización de la fiesta, que calificó de «ratonera» para los que allí estuvieron.

Por su parte, Antonio Barragán, padre de Joaquín José, señaló resignado que ellos no buscaban la indemnización sino una decisión de la Justicia que estableciera la responsabilidad de lo que ocurrió. «Yo asumo que mi hijo tomara pastillas, pero es que no pudieron sacarlo de aquel infierno, porque había mucha más gente de que la que cabía», dijo.

Los padres de los fallecidos siempre ha manifestado su indignación por el hecho de que en la fiesta «se cerraran las ventanas y se cortara alternativamente el agua de los lavabos para que los que estaban allí pasasen más calor, sintieran más sed y compraran así más botellas de agua, que se vendían a 6 euros». Hasta 25 jóvenes tuvieron que ser atendidos aquella noche por consumo de éxtasis o deshidratación, comentan.

En un principio, los padres interpusieron una demanda contra Daniel Moreno, pero la vía penal fue rápidamente archivada por los tribunales, y optaron por la vía contencioso-administrativa.