La defensa de José Mora, ex jefe adjunto del Servicio de Arquitectura de la Diputación, instó ayer a que se llevara a cabo un procedimiento habeas corpus al entender que la detención del imputado en el seno del caso Arcos, contra la corrupción en Alcaucín, es ilegal porque se hizo por iniciativa de la Guardia Civil sin contar con la autorización de la instructora, Irene Urbón.

El procedimiento habeas corpus se promueve ante el juez cuando el arrestado considera que su detención es ilegal y supone, de aceptarse los argumentos, la puesta en libertad inmediata y el paso instantáneo a disposición judicial del investigado.

La representación del arquitecto, detenido el martes a las 7.45 horas de la mañana cuando salía de su domicilio, considera que «ha sido ilegalmente detenido al haberse realizado sin cobertura jurídica; además, su detención transcurre en condiciones ilegales, por cuanto se viene prologando innecesariamente».

La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Vélez Málaga, Irene Urbón, denegó el procedimiento instado al entender que no era competente territorialmente. La decisión corresponde al juez de guardia del partido judicial en el que se encuentre el detenido. Mora está en los calabozos de la Comandancia de la Guardia Civil de la capital. Al cierre de esta edición, el juez de guardia no había tomado una decisión al respecto.

Hasta ayer, el arquitecto, detenido junto a otras ocho personas por manipular presuntamente la base de datos del catastro para vender parcelas ilegales a extranjeros haciéndolas pasar por legales, seguía detenido.

En su declaración ante la Guardia Civil, practicada entre las 18 y las 21.30 horas del miércoles, se le preguntó, entre otras cosas, por certificaciones emitidas en su condición de arquitecto, parcelas o fincas de Alcaucín, y se le imputó una estafa por la venta de una parcela a una extranjera. También se le preguntó sobre si conocía a determinados funcionarios del catastro.

Sobre todo ello, aclara el letrado, ya se le ha preguntado en la instrucción, que dura ya tres años y medio. «Por el contrario, no ha quedado puesta de manifiesto ninguna relación de mi representado con los hechos presuntamente delictivos que se imputan a personas vinculadas al Patronato de Recaudación Provincial», dice.

Asimismo, son delitos «menos graves» con penas más laxas. De algunos certificados, además, tienen una antigüedad que roza la prescripción del delito. Además, reflexiona el letrado José Carlos Aguilera en el escrito, «el límite máximo para el mantenimiento de esta medida (72 horas) termina mañana –por hoy–, viernes, a las 7.45 horas». Por todo ello, indica el letrado, «procede su inmediata puesta a disposición judicial o que se acuerda su inmediata puesta en libertad», señala.

Incluso, recalca que no hay ningún motivo para pensar que no se va a presentar en el juzgado. La decisión de detener a su cliente es «innecesaria, desproporcionada e inidónea».

Tras citar jurisprudencia aplicable al caso concreto, apunta que «la detención, en tanto que intromisión en el derecho a la libertad, es la más severa y excepcional de las medidas cautelares». «No existía el riesgo de que el afectado no compareciera ante la autoridad judicial. La detención sería ilegal ya en su origen», reflexiona.

No autorizadas. Así, concluye, debe ser puesto ya en libertad o llevado a presencia de la instructora. Del auto que habilitó los registros del martes, indica, «se infiere que el Juzgado de Instrucción número 3 de Vélez Málaga no ha autorizado ni acordado la detención del señor Mora Lampérezm, sino que tal medida ha sido adoptada por la Unidad Central Operativa (UCO)».

Según entendió, los arrestos, pese a no ser autorizados por la juez, se practicaron.