Una empresa inmobiliaria ha sido condenada por el Tribunal Supremo a abonar algo más de 250.000 euros al primer comprador de una finca en la provincia de Málaga que, posteriormente, vendió después a otra empresa, la cual la inscribió en el Registro de la Propiedad.

En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el alto tribunal atiende el recurso por infracción procesal presentado por el demandante perjudicado contra la resolución adoptada por la Audiencia Provincial de Málaga en noviembre del 2008.

Este comprador se vio privado de la finca que la empresa inmobiliaria vendió a un tercero en una operación de compraventa que incluía más terreno.

En el largo proceso judicial seguido por el demandante, los tribunales no accedieron primeramente a su pretensión de que se declarase nula esta venta, pues la otra entidad que compró la parcela y la inscribió en el Registro actuó de buena fe.

Según se recuerda, el origen del proceso se remonta al 11 de septiembre del año 1998 cuando el demandante firmó en documento privado un contrato de compraventa de una finca que posteriormente se vendió en escritura pública a otra sociedad el 29 de julio del año 2002.

El Juzgado de Primera Instancia número 3 de la localidad de Marbella y la Audiencia Provincial de Málaga dictaron el 28 de octubre de 2003 y el 26 de enero de 2005, respectivamente, dos sentencias desestimatorias.

Posteriormente se inició de nuevo el proceso, en el que la Audiencia malagueña dictó una sentencia el 19 de noviembre de 2008, contra la que se presentaron recursos por infracción procesal y de casación.

El Tribunal Supremo condena ahora a la empresa inmobiliaria a abonar 250.713,66 euros al primer comprador de la finca.