La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de multa impuesta a una pareja que resultó condenada por insultar al jefe de estudios y profesor de un centro educativo de la capital malagueña por no dejar a sus hijos entrar por la puerta de docentes del colegio. Así, se desestima el recurso presentado por la defensa de la mujer condenada.

Según se declaró probado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Málaga, el perjudicado estaba en la puerta de entrada de los profesores cuando los denunciados, una mujer y su pareja, pretendieron que los hijos de ella entraran al centro por esa zona y no por la destinada a los alumnos.

Como el profesor se negó, los denunciados dirigieron contra él insultos y expresiones ofensivas como "anda calla y abre la puerta" o "que saliera fuera que se iba a enterar". Por esto, ambos han sido condenados por una falta de insultos, imponiéndole a cada uno 15 días de multa a seis euros diarios, lo que supone 90 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas no pagadas.

Esta sentencia fue recurrida por la defensa de la mujer, quien argumentó que "es insolvente, que no cobra nada y que tiene cinco hijos". El recurso ha sido rechazado, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, ratificando la condena impuesta al entender la Sala que la pena es "proporcionada".

El Tribunal de apelación estima que "tan próximo está al límite y tan alejado se encuentra del límite máximo que el importe fijado no supone infracción alguna" y recuerda que en la fase de ejecución de la sentencia se puede pedir al juez que se aplace el pago de la multa o incluso que sea reducida.

Además, se añade que del examen de las actuaciones y del visionado de la grabación del juicio se desprende que las pruebas practicadas en el acto del juicio oral "han sido correctamente valoradas", apuntando no sólo a las manifestaciones del denunciante sino al reconocimiento de los hechos por los propios denunciados.