Las empleadas de hogar que están dadas de alta en la Seguridad Social en Málaga tienen hasta el 30 de junio para regularizar su situación conforme a la nueva normativa laboral vigente desde enero. Sin embargo, hasta la fecha tan sólo un tercio ha efectuado su preceptivo trasvase desde el Régimen Especial de Empleadas de Hogar –que desaparece­– al Régimen General. A finales de 2011, la Seguridad Social en Málaga presentaba una media mensual de 8.700 empleados de hogar, todas ellas en el Régimen Especial. Actualmente, y a falta de dos meses para que se cumpla el plazo, sólo 2.361 se han pasado al Régimen General mientras que otras 6.414 permanecen adscritas al Régimen Especial.

La Tesorería de la Seguridad Social lleva animando desde finales del pasado año a los empleados de hogar a realizar cuanto antes los trámites, recordando que quien no lo haga quedará en situación irregular al término del primer semestre. La nueva normativa, además de finiquitar el Régimen Especial, elimina la actual distinción entre trabajadores fijos y discontinuos en este sector y distingue sólo entre el empleador (los cabezas de familia, que hacen de empresario) y el empleado. Las novedades son que deberá haber un contrato laboral entre ambas partes que preferentemente se hará por escrito si éste es superior a las cuatro semanas –hasta ahora se permitía el contrato verbal– y que podrá ser indefinido o por una duración determinada, y a tiempo parcial o por un máximo de 40 horas semanales.

El decreto establece que ninguna empleada de hogar podrá cobrar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que este año está en los 641,40 euros al mes en el caso de la jornada completa. Si la empleada trabaja por horas se aplicará al efecto la proporción del SMI que corresponda.

Pero además, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social confiaba en aflorar en Málaga durante este primer semestre del año otras 32.000 altas de empleadas de hogar que trabajan sin contrato. En el decreto también se consigna que no más del 30% del sueldo podrá pagarse en especies (comidas o pernoctación en el domicilio de los empleadores). Además, se establecen dos pagas extras, un derecho de 12 horas de descanso entre jornada y jornada, un descanso semanal de 36 horas y una indemnización que pasa de 7 a 12 días de salario por año de servicio.

La cotización por los trabajadores de hogar será del 22% –18,5% a cargo del empleador, 3,7% a cargo del empleado y 1,1% por contingencias profesionales– aunque en los tres primeros años habrá una deducción del 20% para las familias que llegará al 45% en el caso de las familias numerosas. Los empleadores tendrán la opción de tres meses de prueba y de despido por incumplimiento grave.