La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado el fallo del Juzgado de Instrucción número 11 de la capital que condenó a tres mujeres a pagar sendas multas de 100 euros por insultar al médico anestesista y al cirujano cardiaco que operaron al hijo de una de ellas, que acabó falleciendo tras la intervención en el Hospital Materno Infantil. El chico sólo tenía 17 años de edad.

Según consta en la sentencia de primera instancia, el 1 de julio de 2011, «falleció en el Hospital Materno Infantil de Málaga el hijo menor de 17 años de D. R. M. y su marido, G. C. N.». Éstos acudieron a las 13.00 horas del mismo día, junto las primas A. L. F. R. y F. M. R., al Servicio de Cuidados Intensivos del centro para entrevistarse con el anestesista y el cirujano cardiaco que atendieron al joven fallecido y lo operaron.

Las dos mujeres que se sumaron a la reunión no llegaron cuando los facultativos daban diversas explicaciones sobre la intervención, por lo que la madre y sus dos primas se dirigieron a los denunciantes para decirles, siempre según el juzgado, de forma continua: «Asesinos, matones. Bastantes asesinos hay en la calle como para que también lo seáis ustedes, ojalá a sus hijos les pase lo miso, que la vida es muy larga y ya lo pagaréis».

Todo ello se hizo en presencia de otro médico y del padre del chico, «quien en ningún momento profirió la más mínima expresión intimidatoria ni descalificatoria». Una de las primas siguió a los médicos hasta el despacho, aunque no se pudo determinar cuál de ellas fue durante el juicio de faltas.

La actitud de las tres mujeres conllevó una condena por una falta de vejaciones injustas del artículo 620 del Código Penal que les supuso tres multas de 10 días a razón del pago de 10 euros cada jornada.

El abogado de las tres sentenciadas recurrió el fallo de primera instancia por error en la apreciación de la prueba por parte del juez, por lo que la Sala, que confirmó el fallo, recuerda que es el togado durante el juicio el que escucha a los implicados y a los testigos deponer, «percibiendo éste sus gestos, tonos de voz, seguridad o actitudes dubitativas».

La Audiencia indica, además, que el testimonio de los denunciantes fue «coherente y sin fisuras», una versión refrendada además por el médico que se hallaba presente durante la refriega verbal. Por todo ello, la Audiencia decide refrendar la conclusión a la que llegó el magistrado de primera instancia.