La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena a un conductor que golpeó a otro, que le había hecho advertencias lumínicas después de que el acusado condujera haciendo eses y realizara una maniobra irregular. No obstante, le rebaja la pena inicialmente impuesta a los dos años de prisión.

Los hechos sucedieron en mayo de 2007 en el cruce entre la carretera N-340 en San Pedro de Alcántara y la carretera de Ronda. Según declaró probado un juzgado de lo Penal en su sentencia, el acusado iba con otras dos personas no identificadas en un coche conduciendo de forma irregular y adelantó al coche del perjudicado.

En ese momento, la víctima, que iba con su novia en el coche, le hizo destellos de luces, ya que había hecho el adelantamiento de modo irregular, a lo que el denunciado reaccionó poniendo su vehículo al lado del otro "y haciendo gestos de amenazas de muerte" tanto él como los acompañantes, señala la resolución.

Posteriormente, cuando ambos vehículos estaban parados en un semáforo, el acusado y los demás aprovecharon para bajarse del coche e ir hacia la víctima "con ánimo de menoscabar su integridad física", de forma que el procesado golpeó en la cara al otro conductor, utilizando un puño americano.

Por esto, el perjudicado sufrió una herida en la cara, en concreto en la ceja. El acusado fue condenado por un delito de lesiones a una pena de dos años y seis meses de prisión y a indemnizar a la víctima con la cantidad de 3.850 euros. Esta sentencia fue recurrida por la defensa del procesado.

El letrado no discutió la culpabilidad sino la pena interpuesta. Ahora la Sala, en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, explica que la agresión se llevó a cabo con un puño americano, objeto peligroso y además "en condiciones de haber ocasionado un daño considerable".

Por esto, rechaza el argumento esgrimido por la defensa, aunque reduce la pena de dos años y medio a dos años de prisión, al considerar que hay que tener en cuenta el largo tiempo transcurrido desde que ocurrieron los hechos, lo que determina que se establezca la condena en su extensión mínima.