El exalcalde de Manilva Pedro Tirado ha sido condenado hoy por un delito de cohecho pasivo impropio cometido en el marco del caso 'La Parrada'. El exregidor ha sido sentenciado a pagar 12.000 euros de multa, una pena que problamente no tenga que hacer frente, ya que Tirado ya pasó dos meses en prisión preventiva. El abogado Juan Carlos Rivera, que logrará también la absolución de Tomás Reñores en el caso Minutas.

Los otros tres acusados de cohecho y blanqueo en el juicio -su cuñado Francisco Calle, el responsable de la sociedad Royal Marbella Estates, Aki Johannes Kujala, y Rafael Fernández- han sido absueltos por el tribunal.

La sala también decreta el comiso de 762.102 euros, hallado en la casa del exregidor. Los considera aportaciones y regalos al partido del Tirado (el Partido Democrático Independiente de Manilva): "El tribunal considera probado que, el 13 octubre de 2005, al acusado se le hizo un registro en la urbanización donde residía -un ático de Manilva-, en cuyo interior se encontraron 762.102 euros en metálico producto de donaciones y regalos, que le hicieron personas no identificadas y que el acusado no ha querido desvelar, exclusivamente por su condición de alcalde y en atención al cargo que ostentaba", según reza el auto.

En la sentencia de la Sección Octava, a la que ha tenido acceso Europa Press, se condena a Tirado a cuatro meses de multa, con una cuota de 100 euros. Además, se decreta el comiso de esa cantidad de dinero que fue intervenida a Tirado en el registro de su vivienda en octubre de 2005, en el marco de la operación 'Ballena Blanca', de donde se separó esta causa.

Inicialmente, la Fiscalía solicitó dos años de prisión, siete de inhabilitación y multa de tres millones de euros para Tirado por un delito de cohecho, aunque en sus conclusiones definitivas, pidió sólo los tres millones de euros de multa, al acusarlo de un delito distinto de cohecho, considerando que el convenio urbanístico acordado no se podía entender como acto injusto.

Según la resolución, la sociedad Royal Marbella States adquirió varias parcelas en Manilva, en las que invirtió 9,7 millones de euros, aunque la finalidad de la empresa, representada por el empresario acusado Akí Kujala, era venderlas en breve espacio de tiempo para lo que se necesitaba que los terrenos fueran "atractivos", aumentando su volumen de edificación, que estaba en 10 viviendas por hectárea.

Con la finalidad de lograr dicho aumento, se declara probado, Kujala y el también acusado Francisco Calle, cuñado del exalcalde, se asocian. Así, el entonces regidor suscribió un convenio que se materializó en agosto de 2004 en el que quedó contemplado el aumento de 10 a 18 viviendas por hectárea. Tras esto, los terrenos se vendieron en total por 117,9 millones de euros.

No obstante, la Sala señala que no se ha acreditado que Tirado fuese presionado por los anteriores para suscribir dicho convenio, pero sí declara probado que el exalcalde, su cuñado y Kujala coincidieron en Madrid para ver un partido de fútbol, pagando la factura del hotel la sociedad Royal Marbella States, "en atención al cargo que ostentaba" de alcalde de Manilva en esos momentos.

Respecto a los 762.000 euros encontrados en la vivienda del exregidor, se considera probado que son "producto de donaciones y regalos en metálico que le hicieron personas no identificadas, y que el acusado no ha querido desvelar, exclusivamente por su condición de alcalde y en atención al cargo que ostentaba", aunque se añade: "sin que se pueda relacionar con el convenio suscrito".

La Sala condena al exalcalde por un delito de cohecho de menor gravedad al considerar "indemostrable", no ya que los otros acusados le indujeran para hacer un acto, que, además, no es ilegal o ilógico dentro de las normas urbanísticas, sino que "no se ha acreditado que el dinero intervenido en el domicilio le haya sido entregado por Marbella States" o dichos procesados.

"Ello por más que podamos albergar sospechas, incluso vehementes de que éste haya sido el origen, a la vista del altamente lucrativo negocio que se realizó con la venta de los terrenos de La Parrada", señala el Tribunal, quien, no obstante, impone al exregidor cuatro meses de multa atendiendo a la gravedad del hecho, "el clamor y alarma social que produce" y el nivel de rentas y gastos que tenía.

Sobre el dinero intervenido, la Sala recuerda que el exalcalde, defendido por el letrado José Carlos Rivera, tomó la postura de "no contestar preguntas" y negarse a declarar sobre el dinero y no ratificar lo que dijo la primera vez que se iba a celebrar el juicio, en 2010, de que esa cantidad procedía de donaciones de particulares para el Partido Democrático de Manilva.

El Tribunal entiende que Tirado pudo acreditar el origen legal, pero "ha renunciado a dar explicaciones razonables al hecho de que a una autoridad municipal se le ocupe en su domicilio la suma de dinero B tan importante", cuantía que, dicen los magistrados, "esta Sala difícilmente encontrará en un procedimiento penal a lo largo de su profesión".

Ante esta negativa, la Audiencia ha tenido en cuenta las primeras declaraciones de Tirado en la instrucción, las testificales de miembros del partido que dijeron no conocer la existencia de esas supuestas donaciones para la formación o del perito de la Agencia Tributaria, quien dijo que las rentas declaradas de Tirado no permitían justificar el tren de vida que llevaba.

El Tribunal absuelve también a Calle y Kujala, acusados del delito de cohecho activo, no sólo por falta de pruebas sino porque su posición sería de "simples particulares"; y a Calle y al otro procesado por el delito de blanqueo.

Sobre los 26.400 euros y el reloj intervenido al cuñado, el Tribunal considera también que "no ha quedado acreditado que el origen del dinero fuera ilícito" y tampoco la cantidad que se destinó por parte de una sociedad creada por Calle y el otro acusado para la compra de una vivienda en Sotogrande (Cádiz); así como tampoco que este procesado tuviera conocimiento del origen del dinero empleado.

También se exime de responsabilidad civil a Royal Marbella States, "al haber quedado desvinculado el negocio especulativo en los terrenos de La Parrada que arrojó elevadísimas plusvalías de cualquier actuación ilícita desarrollada por los acusados de cara a la obtención del convenio urbanístico" que recogía el aumento de densidad.

Eso, pese a que "existe el clamor popular que todos percibimos y, por supuesto, también los componentes de esta Sala, que estamos en contacto con la realidad social, de que para la materialización de muchos proyectos urbanísticos se viene considerando como algo normal que los empresarios o promotores deban abonar determinadas cantidades dinerarias a los responsables de los consistorios, pues en el caso de que no lo hagan quedarán excluidos de desarrollar cualquier actividad empresarial en el municipio".