La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a dos años de prisión a un agente de la Guardia Civil al que se le intervinieron 5.929 archivos informáticos de pornografía infantil en la casa cuartel en la que servía, ubicada en un municipio de la Serranía de Ronda.

Según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, que contaron con la conformidad del acusado, a las 8.20 horas del 23 de junio de 2003, el acusado, que es guardia civil, empleó el programa de intercambio de archivos informáticos P2P Ifhant «puso a disposición de los usuarios de la Red» un archivo que previamente se había bajado, y que fue denunciado «a la policía de Badajoz oculto con el nombre de El príncipe de Persia.2009».

Examinado por la Policía Nacional, éste contenía un vídeo en el que se veían imágenes de fuerte contenido pedófilo. Se localizó incluso el lugar web desde el que el acusado compartía el archivo.

Una vez que los investigadores lograron el correspondiente auto, se comprobó que la IP -número que identifica a quienes se conectan a internet- pertenecía a un determinado número de teléfono, del que era titular el acusado.

Los agentes registraron la vivienda del guardia civil, ubicada en el cuartel de un pequeño municipio de la Serranía de Ronda, el 30 de junio de 2011 y se pudo determinar que no tenía acceso a internet, pero lo tuvo en el pasado. Además, en su ordenador portátil se encontró una carpeta denominada Thoto «que contenía multitud de archivos de pornografía infantil».

En su salón había «una auténtica colección de vídeos» pedófilos, en concreto de DVD. Además, considera probado la Audiencia, en un pendrive, también había vídeos e imágenes, al igual que en un disco duro externo repleto de carpetas de tal naturaleza, dice el tribunal.

La cifra de vídeos con pornografía de menores que poseía el acusado asciende a 3.581, y la de imágenes, a 2.348, «muchos de ellos especialmente degradantes» con niños pequeños y hasta bebés. El tribunal utiliza los siguientes calificativos: «Violencia y repulsión».

El acusado es condenado por un delito de tenencia y distribución de material pornográfico infantil con niños muy pequeños y bebés, de notoria importancia y especialmente degradante. En concreto, se le impone una pena de prisión de dos años y se acuerda el pago de las costas procesales. Contra esta resolución cabe la interposición de un recurso de casación ante el Supremo.