El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado los recursos presentados por unos padres contra la sentencia de la Audiencia de Málaga que condenó a cada uno de ellos a una pena de 20 años y seis meses de prisión por maltratar a sus dos bebés gemelos cuando tenían dos meses, uno de los cuales murió en el hospital.

Así, el alto Tribunal rechaza todos los argumentos expresados en los recursos de casación presentados por las defensas de los acusados, que fueron condenados por un delito de asesinato, dos de violencia física habitual en el ámbito familiar y otro de lesiones. Los hechos sucedieron en octubre de 2009.

La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga declaró probado que uno de los progenitores, sin que se haya determinado cuál, golpeó reiteradamente a los bebés, que nacieron en agosto de dicho año, «planteándose que con ello iba a causarles la muerte, pese a lo cual continuó»; mientras que el otro no hizo nada para que esos zarandeos pararan.

El 22 de octubre de 2009, «ante la gravedad» de uno de los bebés, los acusados fueron al hospital, dando la «excusa» sobre las lesiones de que el pequeño había estado al cuidado de una mujer a la que habían localizado por un cartel en la calle. Como consecuencia de «los golpes y zarandeos violentos» uno de los bebés falleció.

La Sala consideró que no había base probatoria para atribuir las acciones violentas habituales, ni tampoco la muerte.