La defensa de Juan Martín Serón está estudiando si presentará un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Tribunal Supremo por indefensión. Fuentes judiciales explicaron que las penas de suspensión de cargo público no son iguales que las de inhabilitación, ni conllevan las mismas consecuencias. Así, en el caso de la suspensión, que es lo que se ha acordado en este caso, la persona deja de ejercer el cargo público correspondiente, pero no pierde el acta de concejal, por lo que conforme termina el periodo de cumplimiento de la pena, puede volver a continuar en su puesto y reactivar su acta de concejal.