En el modelo de Oficina Judicial se distinguen dos tipos de áreas de trabajo: unidades procesales de apoyo directo y servicios comunes procesales. Las primeras asistirán directamente a los miembros de la judicatura, estarán dirigidas por secretarios judiciales y de ellas habrá tantas como juzgados. Las segundas, sin estar integradas en órganos judiciales concretos, asumirán labores de gestión y apoyo en las actuaciones derivadas de la aplicación de las leyes. Estos servicios comunes también estarán dirigidos por secretarios judiciales.