La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha notificado ya a los 16 auxiliares o monitores administrativos de centros docentes andaluces de Córdoba afectados tras el anuncio de la administración regional de asumir por medio de una oferta de empleo público sus funciones y que ya cuentan con una sentencia a favor que serán readmitidos. En este mismo sentido, el Juzgado de lo Social número 1 de Málaga celebra hoy un nuevo juicio, en el que en esta ocasión se verían los intereses de nueve de estos trabajadores.

Así lo confirmó ayer una de las portavoces del colectivo, Vanessa Carrasco, que indicó que en estas notificaciones la Junta anuncia que renuncia a la posibilidad de recurso -tal y como fue el compromiso establecido por el Ejecutivo andaluz, al que el fallo le daba la posibilidad de indemnizar a estos trabajadores- y procede a la readmisión, aunque aún sin día concreto de vuelta al trabajo. Aún están pendientes de notificación los 38 monitores a los que el Juzgado de lo Social número 2 de Cádiz también ha declarado improcedente el cese en sus labores.

El fallo de Cádiz, al que ha tenido acceso Europa Press, reconoce el tiempo de antigüedad de estas personas, así como la condición de monitor que «de facto» han desempeñado durante sus años de servicio. Asimismo, mientras que en 34 casos se condena a la Consejería de Educación a que en cinco días opte entre readmitir -con los salarios no percibidos desde el cese, o desde septiembre de 2013 las no llamadas- o indemnizar, en otros cuatro, miembros del comité de empresa, deja directamente en manos de los propios trabajadores la decisión.

El juzgado expone detalladamente los hechos que desembocaron en la actual situación, pasando por la denuncia ante la Inspección de Trabajo en la que ya se apuntaba a una cesión «ilegal». De esta manera, el magistrado considera que existe una decisión de despido «sin causa» de la empresa STI, en tanto que el contrato de trabajo tenía como fecha «hasta el final de la contrata», que era hasta mediados de noviembre de 2013.

Son así decisiones calificadas como «de despido improcedente pero en relación de fijos discontinuos», subraya el juzgado, para el que la situación de cesión ilegal es «generalizada de origen y de continuidad», en tanto que las contratantes abonan los sueldos y tienen la documentación usual de quien es empresario, pero «no ejercen control directo y efectivo sobre el trabajo que realizan los demandantes, ni llevan la organización, dirección del trabajo y funciones que se realizan».