­La delegación del Gobierno andaluz en Málaga ha asegurado que a día de hoy mantiene un saldo positivo con los ayuntamientos de la provincia en materia de pagos pendientes entre administraciones, habiendo creado comisiones de estudio para aplicar compensaciones de deuda con los consistorios en los casos en que sea posible, así como aplazamientos y fraccionamientos de deudas de los municipios con la Administración autonómica.

El pasado miércoles la secretaria general del Partido Popular de Málaga, Margarita del Cid, criticó que la Junta de Andalucía «adeuda a ayuntamientos de la provincia de Málaga hasta 10 millones de euros en concepto del IBI».

Respecto a esta reclamación del Partido Popular sobre la deuda del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la Junta ha recalcado que desde comienzos de 2013 viene trabajando con el Ayuntamiento de Málaga, el Patronato de Recaudación Provincial y la Gerencia Territorial del Catastro en la depuración de los pagos pendientes que el Ejecutivo andaluz tiene con los ayuntamientos de la provincia en este concepto.

Al respecto el Gobierno andaluz ha exigido a los populares «un ejercicio de responsabilidad y de rigurosidad a la hora de realizar acusaciones contra esta Administración pública», con las que «tratan de confundir a la ciudadanía».

La mesa de trabajo creada surge como consecuencia del análisis de los bienes sobre los que se reclama el pago del impuesto al Gobierno andaluz, un estudio en el que se han detectado casos en los que el IBI imputado a la Administración autonómica es «incorrecto» y, por tanto, «no procede», indicó un portavoz de la Junta. Según han precisado, entre los motivos detectados por los que no procede la imputación del IBI al Gobierno andaluz, está que la titularidad de los bienes por los que se reclama el pago no es de la Junta, siendo en algunos casos del propio ayuntamiento, como es el caso de centros educativos de Infantil y Primaria o asistenciales, entre otros.

En otros casos tienen un titular particular, como por ejemplo viviendas de promociones públicas, cuya alteración catastral no ha sido actualizada en la Gerencia Territorial del Catastro.

Asimismo, se han detectado casos en los que los bienes a los que corresponden los recibos del IBI no están sujetos al impuesto, como es el caso de montes públicos, arroyos y carreteras; bienes exentos del pago de este impuesto, como los institutos de Enseñanza Secundaria, o recibos prescritos, han expuesto.