La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena de tres años y cinco meses de prisión impuesta a un hombre por perseguir y atacar a dos mujeres con el fin de abusar de ellas. Así, se desestima el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado, al que se le condena por dos delitos de agresión sexual, uno en grado de tentativa.

Los hechos sucedieron en agosto de 2014. Según se declaró probado en la sentencia del juzgado, y consta en la de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, de nacionalidad británica, iba a las 7.30 horas conduciendo un vehículo por una avenida de Benalmádena (Málaga) y vio a la primera víctima caminando por la calle, de forma que "empezó a seguirla por detrás".

Al percatarse la mujer, aceleró el paso y en el momento en el que creía que había perdido de vista el coche, el acusado se acercó, la sujetó con fuerza "e intentó arrastrarla hasta un coche con la intención de introducirla en el interior del vehículo". Hubo un forcejeo y los gritos de la chica llamaron la atención de varias personas, por lo que el hombre optó por dejarla.

El juzgado señaló que el hombre no le hizo tocamientos, pero que la víctima resultó con unos moratones en el hombro y en zona lumbar a raíz de este suceso y de la caída al suelo. Por estos hechos, se le condenó por un delito de agresión sexual en grado de tentativa y por una falta de lesiones, imponiéndole nueve meses de prisión y multa de 450 euros; además de la indemnización a la mujer con 650 euros.

Tras esto, el acusado dio "una batida por la zona" y localizó a otra mujer. "Se bajó del coche y, aprovechando que no había nadie en la calle, se acercó a ella, la cogió de los brazos y una vez inmovilizada la metió a la fuerza en los asientos traseros del coche".

Por estos hechos se le condena por otro delito de agresión sexual, en este caso consumado, imponiéndole la pena de dos años y ocho meses de prisión; y por otra falta de lesiones, con la misma multa de 450 euros. En cuanto a la indemnización a esta víctima, que sufrió varios hematomas, se fija en la cantidad de 1.240 euros, también por los daños morales.

Esta sentencia fue recurrida por la defensa, pero la Sala de apelación desestima íntegramente el recursos presentados y argumenta que no hubo error a la hora de valorar la prueba y que las declaraciones de las víctimas, "claras, rotundas y permanentes", denotan "la intención libidinosa" del hombre, a pesar de las alegaciones del letrado de la defensa.