La Audiencia de Málaga ha condenado a tres personas, una de ellas una mujer que vivía con su hija, por vender droga en dos viviendas de un edificio situado en el distrito de Campanillas, en Málaga capital.

Así, a dos de ellos, un hombre y una mujer, se les impone una pena de dos años de prisión y multa de 500 euros, mientras que a la otra mujer, madre de una niña, se le condena a cuatro años y seis meses de cárcel y a 4.000 euros de multa.

La Sección Primera de la Audiencia consideró probado, según consta en la sentencia, a la que Europa Press ha tenido acceso, que el hombre y la mujer acusados venían dedicándose, hasta el momento de su detención en noviembre de 2012, a la venta y distribución de sustancias estupefacientes, generalmente hachís y marihuana, en su propio domicilio, situado en el bajo izquierda.

Por su parte, se considera igualmente probado que la otra mujer acusada es responsable de un delito contra la salud pública de sustancia que causa grave daño a la salud, en concreto cocaína, en su hogar situado en la planta baja derecha del mismo edificio que las otras dos personas condenadas.

De esta forma, durante ambos registros, realizados en noviembre de 2012, en el primer hogar, habitado por las dos personas, los agentes encontraron 46,3 gramos de marihuana de distinta pureza, 28,3 gramos de hachís y 75 euros en efectivo producto de las ventas realizadas.

El hombre alega que la droga era para su consumo, mientras que la mujer niega los hechos. La Sala rechaza estos hechos, ya que los agentes fueron testigos en numerosas ocasiones de cómo se vendía droga en ambos hogares.

Así, en la vivienda de la mujer que vive con su hija se localizaron 92 gramos de cocaína, una balanza de precisión, una hoja con nombres de personas relacionadas con cantidades en efectivo de las ventas y 360 euros en efectivo, resultado del comercio con drogas.

En el acto del plenario, esta última negó los hechos y mantuvo que la droga incautada en su domicilio no era suya. Según la acusada, esa casa la alquiló unos 14 días antes a una persona de etnia gitana que no conoce, al que dio 200 euros tras prometer que no entraría en una de las dos habitaciones que conforman el hogar. Sin embargo, la Sala destaca la inconsistencia de este relato pues no aporta datos del arrendador y dentro de la habitación se encontraron cosméticos y ropa de mujer.

Los hechos que se han declarado probados son constitutivos de un delito contra la salud pública. Así, la Sala indica que a los dos acusados responsables de la venta de sustancias que no causan grave daño a la salud (hachís y marihuana) se les impone a cada uno la pena de dos años de prisión y una multa de 500 euros.

Por su parte, la mujer responsable de la venta de sustancias que causan grave daño a la salud (cocaína) ha sido condenada a cuatro años y seis meses de cárcel y a pagar 4.000 euros de multa. En cuanto a la droga, se ha acordado su destrucción definitiva y la adjudicación al estado del dinero y efectos intervenidos.