Las subastas judiciales forman parte del proceso de ejecución y su finalidad, según explica la Junta de Andalucía, es obtener del patrimonio del deudor una determinada cantidad de dinero para entregarla al acreedor. Ello supone vender en el juzgado un determinado bien para pagar una deuda de quien acude al juez para hacerla efectiva: lo normal es que se trate de locales comerciales, pisos, coches, naves industriales o parcelas. Son los secretarios judiciales los encargados de gobernar este proceso.

Normalmente, las subastas se realizan en el juzgado. Se trata de un acto público en el que están presentes todos aquellos que pujan en la subasta, aunque para participar hay que seguir una serie de pasos: puede intervenir quien haya realizado en la cuenta judicial de consignaciones el depósito indicado en el anuncio de la subasta (un 20% del valor del bien subastado en el caso de bienes muebles y un 30% en los inmuebles como pisos o locales). El interesado debe identificarse mediante el DNI, el carné de conducir o el pasaporte, además de una declaración de que conoce las condiciones de la subasta.

Para participar hay que informarse, aconseja la Junta de Andalucía, de forma que es necesario leer los edictos de las subastas en los tablones de los juzgados, periódicos, páginas web y otros soportes en los que se publican. Asimismo, es aconsejable asegurarse de que el bien que se subasta es el que interesa. Si se trata de un piso, por ejemplo, hay que comprobar que el mismo no esté ocupado por un arrendatario, si tiene cargas anteriores como embargos o hipotecas -las mismas permanecen y se transmiten al nuevo propietario- y, en caso de que haya un gran interés, consultar si es preciso con un abogado para evitar sorpresas.

Durante la subasta, quien más ofrece se queda el bien. Pero si la mejor oferta no supera ciertos porcentajes, antes de adjudicar el bien al mejor postor hay que escuchar al deudor y al acreedor por si quieren mejorar la oferta o quedarse con el bien.

Asimismo, tampoco es necesario estar presente en el lugar en el que se realiza la subasta, puesto que el interesado puede apoderar notarialmente a alguien con efectos de representación. Pueden consultar toda esta información en la siguiente dirección: http://www.juntadeandalucia.es/justicia/portal/adriano/subastasjudiciales/preguntasfrecuentes/Manual-Subastas-Judiciales/.

Subastas digitales

De cualquier forma, el modelo de subastas físicas está a punto de extinguirse, ya que se camina a velocidad de crucero hacia el sistema online de enajenaciones. En algunos partidos se pondrá en marcha en 2016, pero parece que en Málaga va a entrar en vigor el próximo 1 de octubre, según explica la secretaria judicial de Primera Instancia 19, Rosario Medina, y ello en base a la Ley 19/2015.

«La idea es que funcione a nivel estatal. Cualquier persona del mundo podrá conocer los bienes que se subastan en el Reino de España», precisa. Para ello habrá que darse en el portal del Boletín Oficial del Estado (BOE), que dispone de una herramienta informática para realizar las subastas. Está por ver cómo funcionará. Es más, se ha previsto un sistema digital de alertas para informar a los interesados de la existencia de bienes que coincidan con sus preferencias.

Ahora, los secretarios judiciales malagueños se van a preparar dando cursos de formación, aunque antes algunos profesionales como Medina van a dar charlas preparatorias generales sobre esta actividad tan importante para acreedores y deudores. Éste es uno de los pasos decisivos en la informatización de la Justicia, aunque está por ver el grado de éxito que se logra.