El Juzgado de Menores número 3 de Málaga ha acordado el sobreseimiento libre del caso abierto contra cuatro jóvenes tras la denuncia interpuesta por una compañera de colegio por supuestos delitos de agresión sexual, acoso y coacciones; al tiempo que acuerda, una vez la resolución sea firme, deducir testimonio -abrir una causa-contra la chica por un supuesto delito contra la Administración de Justicia.

Este procedimiento se abrió ante la denuncia de la menor, de 17 años, quien relató una supuesta agresión sexual en marzo de este año en el centro en el que estudia, en la capital; y también haber sido víctima de acoso telefónico y escolar, sufriendo lesiones; todo ello, por parte de cuatro compañeros. Pero, tras las investigaciones, la jueza concluye que no hay indicios que acrediten que los hechos ocurrieron y, "mucho menos", de que participaran los denunciados.

Según el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en cuanto a la agresión sexual denunciada, el parte médico realizado menos de un mes después de los supuestos hechos señala que la menor no presenta ninguna lesión corporal. Además, de las declaraciones de testigos se concluye que uno de los denunciados estuvo todo el tiempo en el comedor del centro y que no vieron nada raro en la chica, que se presentó a dos exámenes supuestamente después de los hechos.

Asimismo, de las investigaciones realizadas sobre los teléfonos móviles de los denunciados se desprende que tres de ellos no estuvieron en el colegio el día señalado por la denunciante, sino que las ubicaciones de sus terminales los sitúan "en sitios lejanos" al mismo y que durante el tiempo que supuestamente se produjo la agresión, éstos estaban manteniendo conversaciones vía mensaje con otras personas, según consta en la resolución, adelantada por ABC.

Sobre el acoso telefónico, la jueza señala en su auto, tras analizar la información aportada por la compañía ya que el contenido del móvil de la chica fue borrado, que existen datos objetivos de que no recibió llamadas de números ocultos, sino de su madre, de su domicilio familiar o de personas conocidas por la menor, por lo que se acuerda también en este apartado el sobreseimiento libre, ya que "no existe prueba que acredite la existencia de este hecho".

Respecto al supuesto acoso escolar, sobre el que la menor relató que había recibido puñetazos e insultos por parte de los denunciados en distintas fechas, las investigaciones señalan que "las fotografías de los moratones que envió se las había descargado de Internet", además de que la denunciante habla de lesiones en el abdomen y los testigos dicen que vieron una lesión en otra parte. Asimismo, dijo que sufrió una agresión en el colegio un día que no acudió.

Por todo esto, la jueza entiende que "no existen indicios racionales de haberse perpetrado los hechos que han dado lugar a la formación de la causa en atención a pruebas objetivas", sin entrar en aspectos subjetivos. La Fiscalía de Menores, donde la chica no ha declarado, había pedido el sobreseimiento libre respecto de algunos hechos y provisional, respecto a otros; mientras que el abogado de la denunciante solicitó el archivo provisional.

No obstante, la jueza acuerda el sobreseimiento libre de todo el caso y que, una vez firme el auto --que se puede recurrir--, se deduzca testimonio a la Fiscalía de Menores por si la denunciante hubiera incurrido en un delito, ya que el archivo se produce "por entender que no existen indicios de haberse perpetrado los hechos", por lo que "esta juzgadora, presuntamente, puede entender que la víctima ha faltado a la verdad en la narración de los hechos".