Las esperanzas de recurrir una multa por consumir alcohol en la calle son escasas. En Málaga, apenas el cinco por ciento de las firmas se revocan. La clave está en la presunción de veracidad. Esta figura jurídica antepone la palabra de cualquier agente de la policía a la de un ciudadano. Cuando dos versiones chocan, siempre prevalece en última instancia la voz de la autoridad.

Pedir explicaciones1. Asegurarse de que se ha sido sancionado por el consumo de alcohol

Muchos jóvenes afirman que lo que parecía una comprobación de los datos personales, más tarde les ha acarreado una multa. La sorpresa llega cuando algunos meses más tarde reciben la notificación de multa en sus domicilios. Encarnación Rojas explica que los afectados no deben dudar en pedir explicaciones a la Policía Local si ven que están tomando nota de sus datos. «Los agentes, en el caso de que se esté procediendo a una sanción, siempre están obligados a informar al afectado», afirma. En el caso contrario, puede servir para recurrir la multa.

Recursos2. El siguiente paso, la vía administrativa

Una vez que existe notificación, la primera vía pasa por un recurso administrativo. Hay que enviarlo al mismo órgano que ha emitido la multa, en este caso el Ayuntamiento. A partir de aquí se abre un periodo de alegación. Se trata de recabar y proponer pruebas que den peso a las alegaciones. Dada la mencionada presunción de veracidad de los agentes de la Policia Local, es importante contar con testimonios que puedan respaldar la versión aportada por el afectado. «Si no existen prueba evidentes, un recurso administrativo lo tiene muy difícil para prosperar. En última instancia equivale a contradecir a un policía y eso puede acarrearle, a su vez, problemas al propio agente», señala Rojas. Tampoco vale en este caso cualquier testigo. Como explica Rojas, si se trata por ejemplo de un amigo que también ha sido multado su testimonio carece directamente de validez.

Normalmente, el recurso es denegado y se abre la opción de recurrir al siguiente órgano administrativo superior. Una siguiente desestimación pone fin a la vía administrativa.

Contencioso administrativo3. Interponer una demanda e iniciar trámites judiciales

Una vez agotadas todas las posibilidades en las administraciones, lo único que queda en este caso es poner una demanda judicial. Un paso que, como afirma Rojas, debe estar muy bien pensado porque puede conllevar gastos que no compensan todo el esfuerzo. «Una multa, por muy cara que sea, nunca va a llegar a lo que puede costar acarrear con los gastos de un proceso judicial si se pierde».

Trabajo social4. Cambiar la multa por trabajos a la comunidad

En el reverso de la multa viene detallada, más allá de los plazos de pago, la posibilidad de permutar la sanción por hacer trabajos a la comunidad. Esta intención debe de ser notificada a la autoridad en un plazo de 14 días después de recibir la notificación. Existe un margen de edad. A partir de los 30 años ya no se puede optar a esta opción y, salvo excepciones, tampoco lo podrá quien haya sido multado por segunda vez por el consumo de alcohol en la calle. Para optar por esta vía es imprescindible no haber iniciado anteriormente un recurso. Si éste ha sido presentado y, luego, desestimado, se tendrá que pagar el importe de la multa. Las horas de trabajo van en función de la sanción. Generalmente este trabajo a la comunidad va acompañado de la asistencia a una charla con función educadora. Como explica Ruth Sarabia, directora general de Derechos Sociales del Ayuntamiento, «la idea es concienciar a los jóvenes del peligro que tiene el elevado consumo de alcohol».