La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado parcialmente la condena impuesta a un vecino de Estepona que golpeó repetidamente a su padre, lo echó de casa, junto a la pareja sentimental de este, y luego se resistió fuertemente a la detención.

Según consta en la sentencia, sobre las 16.30 horas del 27 de enero de 2015, el encausado, S. M. A, que tiene antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, acudió al domicilio donde convive con su padre, «y tras mantener una discusión con él por motivos desconocidos, procedió a propinarle golpes en la cara y en el cuerpo con intención de causarle daño físico».

Tras la agresión, el acusado echó del domicilio a la víctima y a su pareja, que convive con ellos, «impidiéndoles el acceso al interior».

El progenitor sufrió erosiones en los dedos de la mano izquierda y ansiedad, y requirió de una primera asistencia facultativa, aunque sanó de las secuelas en cuatro días. Una vez personados los agentes de la Policía Local de Estepona en el lugar, el acusado, «una vez que conoció que habría de acompañar a los agentes hasta la dependencia policial en calidad de detenido, se opuso fuertemente a ello, además de oponerse a ser engrilletado, con aspavientos y manotazos, golpeando en el costado derecho a uno de los agentes que hubo de reducirlo».

Asimismo, durante el traslado a las dependencias policiales en el coche patrulla, se produjo un fuerte forcejeo. Antes, el acusado cayó, junto con los dos agentes, por unas escaleras, lo que ocasionó la ruptura del pantalón de uno de los funcionarios así como de las gafas de sol que llevaba. Una vez dentro del coche, empezó a darle golpes al cristal trasero hasta romperlo,.

Como consecuencia de ello, los agentes sufrieron golpes y hematomas, heridas de las que sanaron en pocos días.

El acusado fue sentenciado por un delito de maltrato familiar de obra a siete meses de cárcel y privación del derecho a portar armas durante dos años y medio, así como a no poder acercarse a su padre durante un bienio.

Asimismo, fue condenado por resistencia a nueve meses de cárcel, así como a pagar 540 euros por tres faltas de lesiones.

Su defensa recurrió por una falta de daños, y aquí efectivamente la Audiencia Provincial le da la razón y le rebaja la multa de un mes a una sanción de diez días a razón del pago diario de seis euros, es decir, un total de sesenta euros. La Audiencia, sin embargo, ratifica el resto de extremos de la sentencia.