El Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga ha condenado al pago de una multa a una mujer como autora de un delito leve de lesiones y a un hombre, por otro de coacciones, tras pegar y amenazar a un conductor de la grúa municipal de la capital malagueña cuando éste procedía a retirar de la vía pública el vehículo de la pareja, que se encontraba mal aparcado.

En concreto, la mujer deberá pagar una multa de 540 euros --pena de dos meses con una cuota diaria de nueve euros--, además de indemnizar al denunciante por las lesiones causadas, a razón de 30 euros por día de curación y 60 por día de incapacidad, y de abonar los 813,50 euros en que fueron tasadas pericialmente sus gafas, rotas como consecuencia de los golpes.

El hombre, por su parte, condenado por un delito leve de coacciones, también deberá abonar a la víctima 540 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press y contra la que cabe recurso de apelación.

Los hechos, que han sido condenados tanto por la Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios (Smassa), dependiente del Ayuntamiento de Málaga, como por el comité de empresa, tuvieron lugar el pasado 30 de octubre cuando este conductor del Servicio de Apoyo a la Circulación (SAC) se encontraba procediendo a la retirada del vehículo de los denunciados.

Al percatarse de estos hechos, el dueño del vehículo se subió al mismo, pese a que ya estaba sobre la grúa, insistiendo al conductor en que lo bajara del remolque. Mientras tanto, su pareja se fue hacia el trabajador y, tras intentar amedrentarlo para que accediera a su exigencia, aprovechando que éste se encontraba con la ventanilla abierta, le dio un golpe, "rompiendo las gafas y causándole lesiones que solamente precisaron una asistencia médica".

La jueza establece en la sentencia que "los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito leve de lesiones, previsto y penado en el artículo 147.2 del Código Penal". El propio denunciado reconoció los hechos, mientras que ella admitió que se fue hacia la cabina del conductor, aunque negó la agresión.

Nos obstante, dicha agresión se encuentra "objetivada por elementos de cargo tan evidentes como las lesiones que presentaba el denunciante y la rotura de las gafas", por lo que "resultan plenamente acreditados los hechos imputados y se produce la necesaria convicción judicial sobre la participación en los mismo de la acusada", se establece en la sentencia.

El abogado del gruista pidió una orden de alejamiento para la mujer denunciada por un tiempo de seis meses. Sin embargo, la jueza determina que, "dada la escasa gravedad de los hechos probados y teniendo en cuenta las circunstancias que rodean tanto al denunciante como a los denunciados, no se considera necesaria la imposición de esta medida".