­La Audiencia ha confirmado la sentencia que condenó a un hombre por amenazar y coaccionar a su hija, quebrantando, además, una orden de alejamiento previa que tenía de ella. De este modo, se ratifica la pena de nueve meses de prisión impuesta, así como un mes de localización permanente.

Según se declaró probado por el juzgado, y consta en la sentencia de la Audiencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el acusado fue condenado en 2005 por delitos de amenaza en el ámbito familiar, malos tratos y violencia de género y doméstica y tenía la prohibición de acercarse o comunicarse con su hija durante 15 años.

Pero, en octubre de 2015, acudió al domicilio de su hija, en Málaga capital, y según la resolución, empezó a gritar expresiones como «si no me dejas entrar vengo con un cerrajero y cambio la cerradura, con la agravante de la reincidencia; por otro de coacciones y por un delito continuado de quebrantamiento de condena».

El defensor del acusado presentó un recurso, pero la Sala rechazó sus alegaciones y apuntó que la declaración de la víctima no puede entenderse como fruto de la venganza.