­Dos bancos han sido condenados a devolver lo ingresado en las cuentas de la promotora Aifos por la responsabilidad que tienen las entidades bancarias de haber admitido ingresos de los compradores sin haber comprobado que existieran garantías.

El Juzgado de primera Instancia número ocho de Málaga estima parcialmente la demanda interpuesta contra el Banco Popular y el Banco de Santander, según la sentencia, a la que tuvo acceso Efe.

El afectado, un británico, que había comprado el piso para disfrutarlo con su hijo, firmó con Aifos Arquitectura y Promociones Inmobiliaria SA contrato de adquisición de vivienda en construcción el 12 de agosto de 2003.

La vivienda esta ubicada en el conjunto residencial Aifos Hipódromo en el término municipal de Mijas y el comprador abonó anticipadamente 70.251,50 euros conforme a la forma de pago establecida en contrato (29.100 euros abonados con la reserva y firma del contrato y 41.151,5 euros mediante el pago de distintos efectos).

La vivienda no fue entregada en plazo y el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Málaga dio por resuelto el contrato obligándose al promotor a la devolución de las cantidades, resolución confirmada por la Audiencia.

Ahora, tras la nueva sentencia, el Banco Popular tendrá que abonar al actor 29.100 euros.