El comité de empresa y la dirección de Limasa, esta última con el beneplácito del gobierno municipal, se han tirado más de un año trasladando a los tribunales sus discrepancias laborales sobre la aplicación del convenio colectivo, con la esperanza de que fuesen estos los que resolviesen por vía de sentencias judiciales esas discrepancias.

Finalmente, la justicia ha dictado su última palabra por medio de la magistrada del juzgado número 12 de lo Social, a la que la empresa le había presentado una demanda para que fuese este órgano judicial quien determinase cómo aplicar y con qué modificaciones una sentencia anterior del juzgado de lo social número 8 que falló que el único convenio vigente era el de 2010/12 prorrogado.

El pasado 6 de septiembre, la magistrada del número 12 de lo Social decidió archivar la demanda y emplazar a las partes a que negocien. Es decir, que la jueza advirtió a las partes de que no esperasen que la justicia solucionase un problema que tienen que solventar ellas. A juicio de la jueza, es un problema laboral que tiene que resolverse en el marco de la empresa por medio de la negociación y el acuerdo.

No habiendo más instancias judiciales a la que traspasar el problema, empresa y comité no han tenido más remedio que aplicar la instancia de la jueza y sentarse a negociar y tratar de acordar un convenio que fije las condiciones laborales y sociales de la plantilla antes de que finalice el contrato de Limasa en marzo de 2017.

La primera reunión de la mesa negociadora se celebró ayer a instancias de la empresa. Las dos partes señalaron su intención de lograr la firma de un convenio.

Según la información recabada de las dos partes, la idea no es presentar ninguna plataforma sobre la que discutir, sino que empresa y comité estarían por dar categoría de convenio a los acuerdos alcanzados en marzo de este año y que permitieron desconvocar la huelga. A ellos habría que añadirle el resto de los artículos del convenio vigente sobre los que no hay discrepancias.

Dificultades. En el acuerdo de marzo de 2016 se fijaba la posibilidad de trasformarlo en convenio una vez se conociese el fallo del juzgado de lo Social número 12.

El acuerdo de marzo establecía el descanso de sábado y domingo para todo el personal fijo; en materia de vacaciones, los trabajadores podrán disfrutar de 15 días de junio a septiembre, con 24 ó 25 operarios más sobre el cuadrante actual, y los otros 21 días, el resto del año con vigencia para este año y el próximo.

La polémica puede estar en el tema de la paga de productividad, dado que el acuerdo de marzo establecía su continuidad en función de lo que estableciese la sentencia. En principio, se abonarán este año 867 euros, más los 276 euros previstos en la extra de septiembre. Para 2017, el acuerdo condicionaba esta paga y otros aspectos a lo que determinase el juzgado de lo Social número 12 acerca de si se tienen en cuenta las modificaciones posteriores al convenio de 2010-2012, previo a los recortes.

Será por tanto aquí donde empresa y comité tendrán que hacer un esfuerzo y pactar un acuerdo aceptable para todos.

Quedarán por ver también dos temas polémicos que quedaron soslayados en los acuerdos de marzo. De un lado, la solución a las más de mil sanciones impuestas durante el mes de enero a unos 200 empleados por trabajar «a reglamento», según el comité, o a «bajo rendimiento». De otro, el asunto de los puestos heredados, que consiste en que un trabajador jubilado puede designar a la persona que le sustituya en su puesto y que ahora habrá que adoptar su mantenimiento o su eliminación definitiva del articulado del convenio. El 27 de septiembre volverán a reunirse.